Cargas en sobreembalajes

GOST 26653-90

ESTÁNDAR INTERESTATAL

PREPARACIÓN DE CARGA GENERAL
AL TRANSPORTE

REQUERIMIENTOS GENERALES

EDITORIAL DE NORMAS IPK

Moscú

ESTÁNDAR INTERESTATAL

PREPARACIÓN DE CARGA GENERAL
AL TRANSPORTE

Generalrequisitos

Preparación de cargas generales para el transporte.
Requerimientos generales

GOST
26653-90

Fecha de introducción 01.07.91

Esta norma internacional especifica Requerimientos generales para la preparación de carga general para el transporte en tráfico directo y mixto: marítimo, fluvial, ferroviario, terrestre y aéreo.

Los requisitos de la norma deben tenerse en cuenta al desarrollar normas, especificaciones para productos preparados para el transporte, en términos de embalaje, etiquetado, transporte y almacenamiento, al planificar y organizar el envío de mercancías, celebrar acuerdos y contratos para el suministro de mercancías de exportación e importación.

Se da una explicación del término "carga general".

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1. La carga debe estar preparada para el transporte, teniendo en cuenta los requisitos de las normas de producto, las Reglas para el Transporte de Mercancías vigentes para los modos de transporte correspondientes y el Acuerdo sobre Transporte Internacional de Carga por Ferrocarril (SMGS).

1.2. La preparación de la carga para el transporte debe garantizar:

La seguridad de la carga durante todo el transporte y la seguridad del vehículo y medioambiente;

Aprovechamiento máximo de la capacidad de carga y (o) capacidad de carga de los vehículos y mecanismos de elevación con la obligación de garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de su transporte;

Resistencia necesaria del embalaje de la carga durante las operaciones de apilamiento y recarga;

Conveniencia de realizar operaciones de carga, amarre y colocación en vehículos y en bodegas.

1.3. Al preparar la carga para el transporte, se debe tener en cuenta lo siguiente:

Propiedades de la carga, zona de transporte, tiempo de entrega y temporada;

La duración del impacto de los factores hidrometeorológicos, incluso en regiones microclimáticas;

La naturaleza dinámica de las cargas que actúan sobre el modo de transporte correspondiente;

Capacidad y dimensiones de espacios de carga, vehículos;

La necesidad de asegurar la carga;

La necesidad de garantizar ciertas condiciones de temperatura, ventilación y humedad en los espacios de carga de los vehículos;

La posibilidad de una mecanización compleja de los procesos de transbordo para garantizar alto rendimiento mano de obra y reducción del tiempo de inactividad de los vehículos en carga y descarga;

Riesgo de daños a la carga y las máquinas, lesiones a las personas durante las operaciones de recarga en caso de información insuficiente o incorrecta de las organizaciones de transporte sobre las propiedades de la carga y los métodos correctos de recarga, así como debido a su falta de preparación para las operaciones de carga;

Inconsistencia en la forma de presentación de las mercancías para el transporte requisitos tecnológicos procesos de recarga y transporte;

La necesidad de información preliminar de las organizaciones de transporte sobre la forma de presentación de la carga para el transporte o sobre su cambio a fin de determinar o aclarar la tecnología de transporte y su procesamiento en los puntos de transbordo;

La posibilidad de ampliación y unificación de bultos a fin de crear condiciones para la mecanización y automatización del movimiento y eslingado de mercancías.

1.4. El contenedor y embalaje de embarque de la carga presentada para el transporte deberá cumplir con los requisitos de la documentación reglamentaria y técnica, contar con sellos, candados, cintas de control y dispositivos especiales de sujeción a vehículo y estar adaptado para el eslingado rápido, conveniente y seguro de la carga cuando se mueve con grúas y cargadores.

1.5. El equipo de embalaje para el transporte de paquetes al Extremo Norte debe ser predominantemente de un solo uso.

1.6. El contenedor de transporte y el embalaje de la carga deben garantizar su seguridad durante las operaciones de producción de carga utilizando dispositivos de elevación.

1.9. Los requisitos para el embalaje de la carga, las condiciones y características de su transporte, los métodos y los medios de consolidación de los paquetes deben establecerse en la documentación reglamentaria y técnica para un tipo específico de carga en la sección "Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento". de acuerdo con los requisitos de GOST 1.5.

1.11. El expedidor es responsable de las consecuencias de las deficiencias en el embalaje y embalaje interno de las mercancías (rotura, rotura, deformación, fuga, etc.), así como del uso de envases y embalajes que no correspondan a las propiedades de la carga, su peso o normas establecidas.

2.2.4. Las alarmas luminosas y sonoras, así como todos los demás dispositivos que garanticen la seguridad del tráfico, deberán estar instalados y en buen estado de funcionamiento en las máquinas.

2.2.5. Con la primera unidad de cada tipo de equipo, o de manera preliminar, el expedidor está obligado a enviar al puerto, aeropuerto y estación ferroviaria por lo menos tres copias de las instrucciones para el funcionamiento y manejo del equipo.

2.2.6. Para los equipos móviles, con excepción de los automóviles, el fabricante debe elaborar un esquema de eslingaje para recargar con dispositivos de elevación, indicando los puntos de eslingado, los dispositivos de elevación, la ubicación de las ramas de eslingado y el centro de gravedad. La ubicación de las ramas colgantes y los dispositivos utilizados deben excluir la posibilidad de daños al equipo móvil y su pintura.

La tabla de eslingas debe estar adherida al interior del vidrio de la cabina. Si el equipo móvil no tiene cabina, el esquema se adjunta en un lugar visible con protección contra daños por precipitaciones.

2.2.8. Cuando se envíen equipos móviles destinados a cargarse por sí mismos, almacenados en puertos, aeropuertos y estaciones de ferrocarril, se debe prever la recarga oportuna. pilas y la realización de todos los demás trabajos estipulados por las instrucciones para el funcionamiento de equipos móviles durante su almacenamiento de forma contractual.

2.2.9. Los equipos de tractores, para los que es posible almacenarlos a largo plazo antes de venderlos al comprador, se envían en estado inactivo con baterías cargadas en seco. Al mismo tiempo, los fabricantes están obligados, sobre la base de contratos, a proporcionar a las organizaciones de transporte el equipo y los dispositivos necesarios para cargar y descargar el equipo del tractor en los vehículos sin necesidad de conservación.

2.2.10. Si es imposible cargar repuestos y archivos adjuntos está permitido enviar este último en forma de paquete para un lote de equipo. El tipo, la forma y el peso del paquete deben garantizar la carga del paquete en vehículos regulares que utilizan carretillas elevadoras.

2.2.11. Cuando se cargue equipo tractor en forma de bola de naftalina y existan instalaciones de remolque en los puntos de transferencia que no requieran que el conductor esté en la cabina del tractor remolcado, este último deberá estar cerrado y sellado con sellos de fábrica.

2.3. Productos y estructuras de hormigón armado.

2.3.1. Los productos y estructuras de hormigón armado (en lo sucesivo denominados productos de hormigón armado) pueden presentarse para el transporte tanto embalados como sin embalar.

Los productos de hormigón armado ligero embalados que pesen menos de 5 toneladas deben estar equipados con dispositivos de eslinga.

2.3.2. Productos de hormigón armado transportados por ferrocarril y en coche utilizando dispositivos especiales (cassettes, peines, pirámides), deben suministrarse para el transporte en barcos y aviones utilizando los dispositivos especificados.

2.3.3. Las piezas pequeñas (dinteles, marcos de ventanas, haces de luz, tubos de fibrocemento) deben transportarse en bolsas y contenedores.

La documentación normativa y técnica para tipos específicos de productos debe indicar los estándares para envases y contenedores.

2.3.4. Los productos de hormigón armado deben tener dispositivos para colgar y sujetar (bucles, agujeros).

No se permite el hundimiento del hormigón en los dispositivos de eslinga y sujeción.

En los productos que no están provistos estructuralmente para dispositivos de eslingado y es difícil distinguir la parte superior de la parte inferior (vigas, losas y otros productos con refuerzo ubicado asimétricamente), el remitente debe hacer una inscripción indeleble "Top".

2.3.5. Sobre cada producto de hormigón armado, en un lugar claramente visible, se deben aplicar marcas (riesgos) con pintura indeleble, definiendo soportes, fijaciones de tensores y eslingas en ausencia de lazos de montaje u otros dispositivos en los productos.

2.3.6. Productos de hormigón armado a partir de hormigones celulares y resistentes al calor tratados en autoclave sobre vidrio líquido, así como productos multicapa con una capa de aislamiento, elementos con marcos de ventanas enchufables y bloques de puertas debe protegerse en la fábrica contra daños y humedad. Superficies texturizadas, lijadas o enchapadas paneles de pared y los bloques deben protegerse contra daños mediante almohadillas de goma esponjosa suave o fieltro técnico de lana gruesa.

2.3.7. Los marcos de las ventanas y las puertas insertadas en los marcos deben fijarse en el estado cerrado.

2.3.8. Los elementos estructurales que no tengan la suficiente rigidez durante el transporte deben ser reforzados temporalmente.

2.3.9. El expedidor está obligado, antes de presentar productos de hormigón armado para su transporte, a entregar a la organización de transporte las características de carga de los productos y las condiciones para su estiba y almacenamiento, que indican:

Nombre del producto, marca, peso en kilogramos, dimensiones (largo, ancho, alto o espesor);

esquema de almacenamiento y el número de niveles permitidos en la pila, en función de las características de resistencia de los productos;

Dimensiones de revestimientos y juntas (teniendo en cuenta la altura de los bucles de montaje y las partes sobresalientes de los productos);

Esquema de eslingas que indica los ángulos máximos de desviación de las ramas de la eslinga de la vertical;

Datos sobre dispositivos de agarre;

Condiciones especiales para operaciones de carga y descarga y colocación.

2.4. Carga en contenedores

2.4.1. No se permite el transporte de contenedores con tales daños, deformaciones y mal funcionamiento, como resultado de lo cual no se garantiza la seguridad de la recarga, la confiabilidad de la sujeción de los contenedores, o el daño a la carga transportada, la pérdida del contenido del contenedor y el acceso a la carga es posible.

2.5. Cargas en sobreembalajes

2.5.1. Las cargas que por su tamaño y propiedades puedan conformarse en bultos de transporte, deberán ser presentadas por el expedidor para su transporte en bultos.

El paquete es un paquete de transporte. Todos los documentos de envío deben indicar tanto el número de paquetes como el número de lugares individuales en ellos.

2.5.3. El diseño de los bultos debe garantizar su resistencia, estabilidad, la imposibilidad de sacar bultos individuales del bulto sin violar los medios de embalaje, flejes o cintas de control, así como la confiabilidad durante la recarga y el transporte en varios niveles.

Al determinar la posibilidad de transporte de paquetes en varios niveles, se debe tener en cuenta la capacidad de los espacios de carga de los vehículos.

El registro de los documentos de carga debería prever la posibilidad de control sin desmantelar los bultos.

2.5.4. El llenado del área de paletas planas con una pila de carga debe ser de al menos el 90%.

2.6. Equipos de carga pesada y sobredimensionados (TG)

2.6.1. Equipos en cajas y sin embalar, estructuras metálicas, presión específica de los cuales en los vehículos exceda lo permitido, deben ser transportados de acuerdo con proyectos especiales, cuya necesidad para el desarrollo es determinada por el transportista.

2.6.2. Cada GT debe tener sin fallar Los sitios de construcción y el centro de gravedad están marcados. Si, para garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de las operaciones de transbordo cuando se mueven con grúas, se requiere el uso de vigas espaciadoras, marcos y otros dispositivos especiales, a excepción de las eslingas de anillo o de extremo habituales, un diagrama de amarre debe adjuntarse a cada paquete o dicho diagrama debe enviarse a la organización de transporte antes de la llegada de la carga.

2.6.3. Los puntos de amarre deben estar equipados y colocados en la carga, y la carga debe instalarse en el vehículo de modo que el enrollamiento de los dispositivos de sujeción de la carga pueda realizarse sin levantamiento y desplazamiento previos.

2.6.4. Si se requieren dispositivos especiales de manejo de carga, marcos, travesaños, etc. para las operaciones de transbordo, que no están disponibles en el punto de transbordo, deben ser suministrados por el consignador junto con la carga o por adelantado. La necesidad de dicho suministro debe acordarse de antemano.

2.6.5. Los esquemas de eslingaje para TG de grandes dimensiones o forma compleja deben ser consistentes con organizaciones de transporte por adelantado, y el envío de las mercancías se lleva a cabo sólo después de dicho acuerdo.

2.6.6. Carga desde configuración compleja superficie de apoyo, cilíndricos, esféricos y cónicos deben presentarse para el transporte junto con soportes especiales, pedestales y bloques de quilla necesarios para el apilamiento en un almacén y la colocación en un vehículo.

2.6.7. La colocación y fijación de TG se realiza, por regla general, de acuerdo con proyectos especiales de transporte.

2.6.8. El propietario de la carga presenta, a solicitud del transportista, un proyecto para el transporte de carga pesada.

El desarrollo del proyecto lo lleva a cabo una organización de diseño especializada, un transportista o por orden del propietario de la carga y a su cargo.

2.6.9. El proyecto para el transporte de carga pesada debe incluir: la elección de un vehículo, esquemas y cálculos para la colocación y sujeción de la carga, cálculos de la estabilidad y resistencia de los vehículos, cálculos y documentación para su modernización, tecnología de transbordo, preparativos para la carga. y puntos de descarga.

El proyecto debería prever la presentación por parte del expedidor hasta el punto de partida de los materiales auxiliares y dispositivos de carga y descarga, almacenamiento, sujeción y transporte (travesaños, marcos, juntas, bastidores, vigas, cuñas, etc.).

2.6.10. La carga se acepta para el transporte después de que el transportista acuerde el proyecto de transporte. Si es necesario, se acuerdan proyectos de transporte con el consignador, puntos de carga y descarga y otros departamentos de transporte y montaje involucrados en la entrega y montaje de la carga.

2.7. carga empaquetada

2.7.1. Los bienes empacados deben presentarse para el transporte en paquetes o contenedores.

2.7.2. La carga en piezas sin envasar (cilindros, botellas, botes) debe presentarse para el transporte solo en paquetes o contenedores.

Las mercancías no transportables, como las mercancías en sacos (cemento, alúmina, etc.), deben presentarse para el transporte en sacos.

Las dimensiones de los contenedores de transporte y el embalaje deben cumplir con GOST 21140, mercancías peligrosas- GOST 26319, productos enviados al Extremo Norte y áreas de difícil acceso, - GOST 15846.

Estos lugares y dispositivos deben estar marcados o especificados en la documentación adjunta.

APÉNDICE

Referencia

EXPLICACIÓN DEL TÉRMINO UTILIZADO EN LA NORMA

DATOS DE INFORMACIÓN

1. DISEÑADO Y PRESENTADO por el Ministerio Armada la URSS

2. APROBADO E INTRODUCIDO POR DECRETO Comité Estatal URSS sobre gestión de calidad de productos y estándares de fecha 25/06/90 No. 1831

3. REEMPLAZAR GOST 26653-85

4. NORMATIVAS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS DE REFERENCIA

Número de párrafo, subpárrafo

Número de párrafo, subpárrafo


1.10; 2.2.3; 3.1

2.5.2; 2.7.3

GOST 21929-76

GOST 23238-78

2.1.3; 2.5.2


Esta norma establece los requisitos generales para la preparación de carga general para el transporte en tráfico directo y mixto: transporte marítimo, fluvial, ferroviario, terrestre y aéreo.

Los requisitos de la norma deben tenerse en cuenta al desarrollar normas, especificaciones técnicas para productos preparados para el transporte, en términos de embalaje, etiquetado, transporte y almacenamiento, al planificar y organizar el envío de mercancías, al celebrar acuerdos y contratos para el suministro de exportacion e importacion de mercancias.

En el apéndice se da una explicación del término "carga general".

1. DISPOSICIONES GENERALES

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1. La carga debe prepararse para el transporte, teniendo en cuenta los requisitos de las normas del producto. Normas para el transporte de mercancías vigentes en los respectivos modos de transporte, y el Acuerdo sobre el Tráfico Internacional de Mercancías por Ferrocarril (SMGS).

1.2. La preparación de la carga para el transporte debe garantizar:

la seguridad de la carga durante todo el transporte y la seguridad del vehículo y del medio ambiente;

uso máximo de la capacidad de carga y (o) capacidad de carga de vehículos y mecanismos de elevación con la obligación de garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de su transporte;

la resistencia necesaria del embalaje de la carga durante las operaciones de apilamiento y recarga;

conveniencia de realizar operaciones de carga, amarre y colocación en vehículos y en bodegas.

1.3. Al preparar la carga para el transporte, se debe tener en cuenta lo siguiente:

propiedades de la carga, zona de transporte, tiempo de entrega y temporada;

la duración del impacto de los factores hidrometeorológicos, incluso en regiones microclimáticas;

la naturaleza dinámica de las cargas que actúan sobre el modo de transporte correspondiente;

capacidad y dimensiones de espacios de carga, vehículos;

la necesidad de asegurar la carga;

la necesidad de garantizar ciertas condiciones de temperatura, ventilación y humedad en los espacios de carga de los vehículos;

la posibilidad de una mecanización compleja de los procesos de transbordo para garantizar una alta productividad laboral y reducir el tiempo de inactividad de los vehículos durante la carga y descarga;

peligro de daños a la carga y las máquinas, lesiones a las personas durante las operaciones de recarga en caso de conocimiento insuficiente o incorrecto de las organizaciones de transporte sobre las propiedades de la carga y los métodos correctos de su recarga, así como debido a su falta de preparación para las operaciones de carga;

incumplimiento de la forma de presentación de la carga para el transporte con los requisitos tecnológicos de los procesos de transbordo y transporte;

la necesidad de información preliminar de las organizaciones de transporte sobre la forma de presentación de la carga para el transporte o sobre su cambio para determinar o aclarar la tecnología de transporte y su procesamiento en los puntos de transbordo;

la posibilidad de consolidación y unificación de paquetes para crear condiciones para la mecanización y automatización del movimiento y eslingado de mercancías.

1.4. El contenedor de transporte y embalaje de la carga presentada para el transporte deberá cumplir con los requisitos de la documentación reglamentaria y técnica, contar con precintos, candados, cintas de control y dispositivos especiales de sujeción al vehículo y estar adaptados para el eslingado rápido, cómodo y seguro de la carga cuando moviendo sus grúas y cargadores.

1.5. El equipo de embalaje para el transporte de paquetes al Extremo Norte debe ser predominantemente de un solo uso.

1.6. El contenedor de transporte y el embalaje de la carga deben garantizar su seguridad durante las operaciones de producción de la carga utilizando dispositivos de agarre de la carga.

1.7. El marcado de carga debe cumplir con los requisitos de GOST 14192, GOST 19433 y los requisitos previstos en la documentación reglamentaria y técnica para productos específicos.

1.8. Las normas y especificaciones para una carga específica en contenedores o sin ella deben estipular la posibilidad de su transporte en vehículos abiertos y en la cubierta superior (abierta) de los barcos en condiciones de exposición al agua de acuerdo con GOST 15150, GOST 15151.

1.9. Los requisitos para el embalaje de la carga, las condiciones y características de su transporte, los métodos y los medios de consolidación de los paquetes deben establecerse en la documentación reglamentaria y técnica para un tipo específico de carga en la sección "Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento". de acuerdo con los requisitos de GOST 1.5.

1.10. La tara y el embalaje de los productos enviados al Extremo Norte deben cumplir con los requisitos de GOST 15846.

1.11. El expedidor es responsable de las consecuencias de las deficiencias en el embalaje y embalaje interno de las mercancías (rotura, rotura, deformación, fuga, etc.), así como del uso de envases y embalajes que no correspondan a las propiedades de la carga, su peso o normas establecidas.

1.12. La carga y sus embalajes, presentados para el transporte en comunicaciones mixtas y directas, deberán garantizar su seguridad durante el transbordo, así como la seguridad del material rodante. vias ferreas de acuerdo con GOST 22235 y GOST 22477.

2. REQUISITOS DE CARGA

2.1. Productos metálicos

2.1.1. La preparación de ciertos tipos de productos metálicos para el transporte debe realizarse de acuerdo con los requisitos de GOST 7566, GOST 10692, así como con la documentación técnica y reglamentaria actual para ciertos tipos productos metálicos.

2.1.2. Los medios de embalaje de productos metálicos y los métodos de flejado deben garantizar la seguridad de los bultos, bultos, rollos y bobinas contra derrames y desenrollados, pérdida y despersonalización de las etiquetas tanto durante las operaciones de transbordo como durante el transporte.

2.1.3. Al empacar productos metálicos largos de acuerdo con GOST 23238, se deben usar medios de empacado de carga con puntos de agarre superiores, o la configuración de los paquetes y los métodos de colocación en vehículos deben permitir eslingar y eslingar sin levantar, extender y otros similares. operaciones manuales. Sólo se permite desviarse de esta regla previo acuerdo con el puerto o la estación ferroviaria donde se envía la carga, si tienen condiciones especiales. equipos de elevación(imanes, manipuladores, etc.). Se debe marcar en la carga o incluir en los documentos de carga una indicación de la posibilidad de eslingar para los medios de flejado y embalaje de carga.

2.1.4. Productos de metal laminado (carriles, varillas, acero perfilado, tubos de hasta 350 mm de diámetro, etc.), lingotes de metales no ferrosos, cátodos de cobre y níquel, bobinas envasadas y sin envasar (alambre laminado, alambre de espino etc.) deben ser entregados para el transporte en paquetes.

2.1.5. La chatarra pesada y larga debe dividirse en partes de acuerdo con GOST 2787, chatarra de metales no ferrosos - GOST 1639. Los desechos metálicos pequeños se prensan en bolsas o se apilan en fardos. La chatarra pequeña en forma de ferretería usada, herramientas, chatarra de metales no ferrosos se empaqueta en contenedores resistentes: cajas, barriles o contenedores especiales.

Solo se acepta chatarra reciclada para el transporte en tráfico mixto.

2.1.6. Las chapas de acero en bobinas, transportadas montadas en los extremos, deben entregarse sobre patines o deben adaptarse para su manipulación con pinzas de palanca de apriete que comprimen la bobina desde el exterior y desde el interior.

2.2. Tecnología móvil

2.2.1. En los documentos para equipos autopropulsados ​​y en el folleto informativo adherido al parabrisas de la cabina con en el interior, deberá indicar el nombre y marca del combustible con el que se reposta. En el momento de la carga en los vehículos, los equipos móviles deberán ser reabastecidos en una cantidad mínima de 5 dm3 para turismos y de al menos 12 dm3 para todos los demás tipos de equipos autopropulsados.

2.2.2. El sistema de enfriamiento del motor debe estar lleno de anticongelante (anticongelante), y las baterías están llenas de electrolito, cargadas y listas para arrancar el motor.

Con una temperatura del aire exterior superior a 4 °C, el sistema de refrigeración del motor puede llenarse de agua.

Cuando se cargan equipos autopropulsados ​​en vehículos con una temperatura del aire exterior inferior a 4 °C y en ausencia de anticongelante en el sistema de refrigeración, se permite repostarlos. agua caliente. El drenaje del agua del sistema de enfriamiento debe realizarse inmediatamente después de cargar el equipo en el vehículo.

2.2.3. Al transportar equipos móviles en tráfico mixto, su preparación para el transporte la llevan a cabo los consignadores de acuerdo con los requisitos para vehículos de acuerdo con GOST 15846.

2.2.4. Las alarmas luminosas y sonoras, así como todos los demás dispositivos que garanticen la seguridad del tráfico, deberán estar instalados y en buen estado de funcionamiento en las máquinas.

2.2.5. Con la primera unidad de cada tipo de equipo, o de manera preliminar, el expedidor está obligado a enviar al puerto, aeropuerto y estación ferroviaria por lo menos tres copias de las instrucciones para el funcionamiento y manejo del equipo.

2.2.6. Para los equipos móviles, con excepción de los automóviles, el fabricante debe elaborar un esquema de eslingaje para recargar con dispositivos de elevación, indicando los puntos de eslingado, los dispositivos de elevación, la ubicación de las ramas de eslingado y el centro de gravedad. La ubicación de las ramas colgantes y los dispositivos utilizados deben excluir la posibilidad de daños al equipo móvil y su pintura.

La tabla de eslingas debe estar adherida al interior del vidrio de la cabina. Si el equipo móvil no tiene cabina, el esquema se adjunta en un lugar visible con protección contra daños por precipitaciones.

2.2.7. Coches enviado en forma de paquete, es necesario presentar para el transporte en cajas de celosía de madera de acuerdo con GOST 10198.

2.2.8. Cuando se envíen equipos móviles destinados a cargarse por sus propios medios, almacenados en puertos, aeropuertos y estaciones de ferrocarril, la recarga oportuna de baterías y la realización de todos los demás trabajos previstos en las instrucciones para el funcionamiento de equipos móviles cuando se almacenen de forma contractual deben estar asegurado

2.2.9. Los equipos de tractores, para los que es posible almacenarlos a largo plazo antes de venderlos al comprador, se envían en estado inactivo con baterías cargadas en seco. Al mismo tiempo, los fabricantes están obligados, sobre la base de contratos, a proporcionar a las organizaciones de transporte el equipo y los dispositivos necesarios para cargar y descargar el equipo del tractor en los vehículos sin necesidad de conservación.

2.2.10. Si es imposible cargar piezas de repuesto y accesorios en el equipo de autotractor, se permite enviar este último en forma de paquete para un lote de equipo. El tipo, la forma y el peso del paquete deben garantizar la carga del paquete en vehículos regulares que utilizan carretillas elevadoras.

2.2.11. Cuando se cargue equipo tractor en forma de bola de naftalina y existan instalaciones de remolque en los puntos de transferencia que no requieran que el conductor esté en la cabina del tractor remolcado, este último deberá estar cerrado y sellado con sellos de fábrica.

2.3. Productos y estructuras de hormigón armado.

2.3.1. Los productos y estructuras de hormigón armado (en lo sucesivo denominados productos de hormigón armado) pueden presentarse para el transporte tanto embalados como sin embalar.

Los productos de hormigón armado ligero embalados que pesen menos de 5 toneladas deben estar equipados con dispositivos de eslinga.

2.3.2. Los productos de hormigón armado transportados por ferrocarril y carretera utilizando dispositivos especiales (cassettes, peines, pirámides) deben suministrarse para el transporte en barcos y aeronaves que utilizan estos dispositivos.

2.3.3. Las piezas pequeñas (dinteles, marcos de ventanas, haces de luz, tubos de fibrocemento) deben transportarse en bolsas y contenedores.

La documentación normativa y técnica para tipos específicos de productos debe indicar los estándares para envases y contenedores.

2.3.4. Los productos de hormigón armado deben tener dispositivos para colgar y sujetar (bucles, agujeros).

No se permite el hundimiento del hormigón en los dispositivos de eslinga y sujeción.

En los productos que no estén estructuralmente previstos para dispositivos de eslingado y sea difícil distinguir la parte superior de la inferior (vigas, losas y otros productos con refuerzo ubicado asimétricamente), el expedidor debe realizar la inscripción "Superior" con pintura indeleble.

2.3.5. En cada producto de hormigón armado, bien lugar visible las marcas (marcas) deben aplicarse con pintura indeleble, definiendo soportes, fijaciones de cables de sujeción y eslingas en ausencia de bucles de montaje u otros dispositivos en los productos.

2.3.6. Los productos de hormigón armado a partir de hormigón celular esterilizado en autoclave y hormigón resistente al calor sobre vidrio líquido, así como los productos multicapa con una capa de aislamiento, los elementos con marcos de ventanas insertados y bloques de puertas deben protegerse en las plantas de fabricación contra daños y humedad. Las superficies texturizadas, lijadas o revestidas de paneles y bloques de pared deben protegerse contra daños con almohadillas de gomaespuma suave o fieltro técnico de lana gruesa.

2.3.7. Los marcos de las ventanas y las puertas insertadas en los marcos deben fijarse en el estado cerrado.

2.3.8. Los elementos estructurales que no tengan la suficiente rigidez durante el transporte deben ser reforzados temporalmente.

2.3.9. El expedidor está obligado, antes de presentar productos de hormigón armado para su transporte, a entregar a la organización de transporte las características de carga de los productos y las condiciones para su estiba y almacenamiento, que indican:

nombre del producto, marca, peso en kilogramos, dimensiones (largo, ancho, alto o espesor);

esquema de almacenamiento y el número de niveles permitidos en la pila, en función de las características de resistencia de los productos;

tamaños de revestimientos y juntas (teniendo en cuenta la altura de los bucles de montaje y las partes sobresalientes de los productos);

esquema de eslinga que indica los ángulos máximos de desviación de las ramas de la eslinga de la vertical;

datos sobre dispositivos de agarre;

condiciones especiales para operaciones de carga y descarga y colocación.

2.4. Carga en contenedores

2.4.1. No se permite el transporte de contenedores con tales daños, deformaciones y mal funcionamiento, como resultado de lo cual no se garantiza la seguridad de la recarga, la confiabilidad de la sujeción de los contenedores, o el daño a la carga transportada, la pérdida del contenido del contenedor y el acceso a la carga es posible.

2.4.2. Los contenedores cargados en exceso del desplazamiento permisible del centro de masa de la carga no pueden recargarse ni transportarse.

2.5. Cargas en sobreembalajes

2.5.1. Las cargas que por su tamaño y propiedades puedan conformarse en bultos de transporte, deberán ser presentadas por el expedidor para su transporte en bultos.

El paquete es un paquete de transporte. Todos los documentos de envío deben indicar tanto el número de paquetes como el número de artículos individuales en ellos.

2.5.2. Las características de transporte de los paquetes ampliados (dimensiones, peso, volumen de carga específico) y las condiciones para su formación deben cumplir con GOST 16369, GOST 19848, GOST 21391, GOST 21399, GOST 21650, GOST 23238, GOST 23285, GOST 24597, GOST 26663 .

2.5.3. El diseño de los bultos debe garantizar su resistencia, estabilidad, la imposibilidad de sacar bultos individuales del bulto sin violar los medios de embalaje, flejes o cintas de control, así como la confiabilidad durante la recarga y el transporte en varios niveles.

Al determinar la posibilidad de transporte de paquetes en varios niveles, se debe tener en cuenta la capacidad de los espacios de carga de los vehículos.

El registro de los documentos de carga debería prever la posibilidad de control sin desmantelar los bultos.

2.5.4. El llenado del área de paletas planas con una pila de carga debe ser de al menos el 90%.

2.5.5. En las normas para materiales de flejado y medios de embalaje, es necesario indicar la posibilidad de su uso cuando se transporta carga en un material rodante abierto, incluso en condiciones de exposición al medio marino, teniendo en cuenta los requisitos de GOST 15150.

2.6. Equipos de carga pesada y sobredimensionados (TG)

2.6.1. Los equipos en cajas y estructuras metálicas sin embalar, cuya presión específica sobre los vehículos exceda la permitida, deben transportarse de acuerdo con proyectos especiales, cuya necesidad de desarrollo es determinada por el transportista.

2.6.2. En cada TG, los lugares de la eslinga y el centro de gravedad deben estar marcados sin falta. Si, para garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de las operaciones de transbordo cuando se mueven con grúas, se requiere el uso de vigas espaciadoras, marcos y otros dispositivos especiales, a excepción de las eslingas de anillo o de extremo habituales, un diagrama de amarre debe adjuntarse a cada paquete o dicho diagrama debe enviarse a la organización de transporte antes de la llegada de la carga.

2.6.3. Los puntos de amarre deben estar equipados y colocados en la carga, y la carga debe instalarse en el vehículo de modo que el enrollamiento de los dispositivos de manipulación de la carga pueda realizarse sin levantamiento y desplazamiento preliminares.

2.6.4. Si se requieren dispositivos especiales de manejo de carga, marcos, travesaños, etc. para las operaciones de manejo. que no estén disponibles en el punto de transferencia, deberán ser suministrados por el expedidor junto con la carga o con anticipación. La necesidad de dicho suministro debe acordarse de antemano.

2.6.5. Esquemas de eslingaje TG de grandes dimensiones o Forma compleja debe acordarse con las organizaciones de transporte por adelantado, y el envío de mercancías se lleva a cabo solo después de dicho acuerdo.

2.6.6. Las cargas con una configuración compleja de la superficie de apoyo, cilíndrica, esférica y cónica, deben presentarse para el transporte junto con soportes especiales, pedestales y bloques de quilla necesarios para apilar en un almacén y colocar en un vehículo.

2.6.7. La colocación y fijación de TG se realiza, por regla general, de acuerdo con proyectos especiales de transporte.

2.6.8. El propietario de la carga presenta, a solicitud del transportista, un proyecto para el transporte de carga pesada.

El desarrollo del proyecto lo lleva a cabo una organización de diseño especializada, un transportista o por orden del propietario de la carga y a su cargo.

2.6.9. El proyecto para el transporte de carga pesada debe incluir: la elección de un vehículo, esquemas y cálculos para la colocación y sujeción de la carga, cálculos de la estabilidad y resistencia de los vehículos, cálculos y documentación para su modernización, tecnología de transbordo, preparativos para la carga. y puntos de descarga.

El proyecto deberá prever la entrega por parte del expedidor hasta el punto de partida de los materiales y dispositivos auxiliares necesarios para la carga y descarga, almacenamiento, sujeción y transporte (travesaños, marcos, juntas, bastidores, vigas, cuñas, etc.).

2.6.10. La carga se acepta para el transporte después de que el transportista acuerde el proyecto de transporte. Si es necesario, se acuerdan proyectos de transporte con el consignador, puntos de carga y descarga y otros departamentos de transporte y montaje involucrados en la entrega y montaje de la carga.

2.7. carga empaquetada

2.7.1. Los bienes empacados deben presentarse para el transporte en paquetes o contenedores.

2.7.2. La carga en piezas sin envasar (cilindros, botellas, botes) debe presentarse para el transporte solo en paquetes o contenedores.

Las mercancías que no sean aptas para contenedores, por ejemplo, mercancías en sacos (cemento, alúmina, etc.), deberán presentarse para el transporte en bultos.

2.7.3. Los productos embalados, cuya tara es insuficiente, deben presentarse para el transporte en palés de cajas y estantes de acuerdo con GOST 9570 de acuerdo con los requisitos de GOST 19848 o en contenedores.

3. REQUISITOS PARA EL ENVÍO

3.1 Las mercancías que requieran embalaje para protegerse contra pérdidas, daños y perjuicios, o que representen un peligro para las personas, el transbordo y los vehículos en forma desembalada, deben ofrecerse para su transporte en contenedores y embalajes que cumplan con los requisitos de las normas.

Las dimensiones del contenedor de transporte y el embalaje deben cumplir con GOST 21140, mercancías peligrosas - GOST 26319, productos enviados al Extremo Norte y áreas de difícil acceso - GOST 15846.

3.2. El diseño del contenedor debe soportar pruebas de acuerdo con GOST 25014.

3.2.1. Al colocar vehículos en espacios de carga en varios niveles de altura, la carga de tara () en kPa se calcula mediante la fórmula

donde - peso del bulto (bruto), t;

- el número de niveles en altura (la altura máxima del espacio de carga es de 7-8 m).

La carga específica de la masa de un paquete no debe exceder los 20 kPa (2,0 t/m).

3.2.2. La sujeción de carga en contenedores a lo largo del componente horizontal debe soportar la carga () en kgf, calculada por la fórmula

donde es el peso de la carga (neto), kg.

Los medios de sujeción de la carga en bultos deberán garantizar su seguridad bajo la acción de las cargas inerciales máximas que se produzcan sobre los modos de transporte involucrados en el transporte.

3.2.3. Al levantar en eslingas, un contenedor con carga debe soportar la carga (fuerza de compresión de la eslinga) () en newtons, calculada mediante la fórmula

donde es el peso de la carga (bruto), kg.

3.3. Las cargas en un contenedor marítimo con un peso bruto superior a 1 t, máquinas, equipos, conjuntos y piezas que se presenten para el transporte sin embalaje o con protección parcial, para la comodidad de realizar operaciones de transbordo y la posibilidad de amarre a un vehículo, deberán tener dispositivos (anillos, soportes, tope, ganchos, lazos de montaje, orificios para eslingas) o lugares para colgar o enrollar elementos de sujeción flexibles e insertar las horquillas de la carretilla elevadora.

Los barriles deben estar sin abolladuras, manchas, con juego completo aros;

las bolsas deben estar intactas, secas, garantizando la seguridad de la carga durante el retransporte y la recarga;

el embalaje no debe tener objetos afilados que sobresalgan en forma de clavos, alambre.

3.6. La resistencia mecánica del embalaje retornable debe cumplir con los requisitos de las normas dadas en la cláusula 3.4.

APÉNDICE (referencia). EXPLICACIÓN DEL TÉRMINO UTILIZADO EN LA NORMA

APÉNDICE
Referencia

Término

Explicación

Carga general

Cargas varias: productos metálicos, equipos móviles (autopropulsados ​​y no autopropulsados ​​sobre ruedas u orugas), productos y estructuras de hormigón armado, contenedores, carga embalada, carga en bultos de transporte, carga sobredimensionada y pesada, carga maderera



El texto del documento es verificado por:
publicación oficial
M.: Editorial de normas, 1990

DesignacionGOST 26653-90
Título en ruso Preparación de carga general para el transporte. Requerimientos generales
titulo en ingles Preparación de cargas generales para el transporte. Requerimientos generales
Fecha de entrada en vigor 01.07.1991
OK55.020
Código KGSD08
Código OKSTU0079
Índice rubricador SRSTI 818811; 7301
Anotación (alcance) Esta norma establece los requisitos generales para la preparación de carga general para el transporte en tráfico directo y mixto: transporte marítimo, fluvial, ferroviario, terrestre y aéreo.
Palabras clave carga general; preparación para el transporte;
Tipo de estándarEstándares Fundamentales
Tipo de requisitoRequisitos para la certificación
Designación de los reemplazos GOST 26653-85
Referencias normativas a: GOST GOST 1.5-85; GOST 1639-78; GOST 2787-86; GOST 7566-81; GOST 9142-84; GOST 9570-84; GOST 10198-78; GOST 10692-80; GOST 14192-77; GOST 15150-69; GOST 15151-69; GOST 15846-79; GOST 16369-80; GOST 18425-73; GOST 18477-79; GOST 19433-88; GOST 19848-74; GOST 21136-75; GOST 21140-75; GOST 21391-84; GOST 21399-75; GOST 21650-76; GOST 21929-76; GOST 22235-76; GOST 22477-77; GOST 23238-78; GOST 23285-78; GOST 24597-81; GOST 25014-81; GOST 25064-81; GOST 26319-84; GOST 26663-85; GOST 26838-86
Departamento de Rostekhregulirovanie 510 - Gestión científica y técnica
desarrollador MNDLa Federación Rusa
TC interestatal 223 - Embalaje
Fecha de la última edición 05.09.1990
Número de páginas (original) 15
EstadoActivo

GOST 26653-90

ESTÁNDAR INTERESTATAL

PREPARACIÓN DE CARGA GENERAL
AL TRANSPORTE

REQUERIMIENTOS GENERALES

EDITORIAL DE NORMAS IPK

Moscú

ESTÁNDAR INTERESTATAL

PREPARACIÓN DE CARGA GENERAL
AL TRANSPORTE

General requisitos

Preparación de cargas generales para el transporte.
Requerimientos generales

GOST
26653-90

Fecha de introducción 01.07.91

Esta norma establece los requisitos generales para la preparación de carga general para el transporte en tráfico directo y mixto: transporte marítimo, fluvial, ferroviario, terrestre y aéreo.

Los requisitos de la norma deben tenerse en cuenta al desarrollar normas, especificaciones técnicas para productos preparados para el transporte, en términos de embalaje, etiquetado, transporte y almacenamiento, al planificar y organizar el envío de mercancías, al celebrar acuerdos y contratos para el suministro de exportacion e importacion de mercancias.

.

1.1. La carga debe estar preparada para el transporte, teniendo en cuenta los requisitos de las normas de producto, las Reglas para el Transporte de Mercancías vigentes para los modos de transporte correspondientes y el Acuerdo sobre Transporte Internacional de Carga por Ferrocarril (SMGS).

1.2. La preparación de la carga para el transporte debe garantizar:

Seguridad de la carga durante el transporte y seguridad del vehículo y del medio ambiente;

Aprovechamiento máximo de la capacidad de carga y (o) capacidad de carga de los vehículos y mecanismos de elevación con la obligación de garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de su transporte;

Resistencia necesaria del embalaje de la carga durante las operaciones de apilamiento y recarga;

Conveniencia de realizar operaciones de carga, amarre y colocación en vehículos y en bodegas.

1.3. Al preparar la carga para el transporte, se debe tener en cuenta lo siguiente:

Propiedades de la carga, zona de transporte, tiempo de entrega y temporada;

La duración del impacto de los factores hidrometeorológicos, incluso en regiones microclimáticas;

La naturaleza dinámica de las cargas que actúan sobre el modo de transporte correspondiente;

Capacidad y dimensiones de espacios de carga, vehículos;

La necesidad de asegurar la carga;

La necesidad de garantizar ciertas condiciones de temperatura, ventilación y humedad en los espacios de carga de los vehículos;

La posibilidad de mecanización compleja de los procesos de transbordo para garantizar una alta productividad laboral y reducir el tiempo de inactividad de los vehículos durante la carga y descarga;

Riesgo de daños a la carga y las máquinas, lesiones a las personas durante las operaciones de recarga en caso de información insuficiente o incorrecta de las organizaciones de transporte sobre las propiedades de la carga y los métodos correctos de recarga, así como debido a su falta de preparación para las operaciones de carga;

Incumplimiento de la forma de presentación de la carga para el transporte con los requisitos tecnológicos de los procesos de transbordo y transporte;

La necesidad de información preliminar de las organizaciones de transporte sobre la forma de presentación de la carga para el transporte o sobre su cambio a fin de determinar o aclarar la tecnología de transporte y su procesamiento en los puntos de transbordo;

La posibilidad de ampliación y unificación de bultos a fin de crear condiciones para la mecanización y automatización del movimiento y eslingado de mercancías.

1.4. El contenedor de transporte y embalaje de la carga presentada para el transporte deberá cumplir con los requisitos de la documentación reglamentaria y técnica, contar con precintos, candados, cintas de control y dispositivos especiales de sujeción al vehículo y estar adaptados para el eslingado rápido, cómodo y seguro de la carga cuando moviendo sus grúas y cargadores.

1.5. El equipo de embalaje para el transporte de paquetes al Extremo Norte debe ser predominantemente de un solo uso.

1.6. El contenedor de transporte y el embalaje de la carga deben garantizar su seguridad durante las operaciones de producción de la carga utilizando dispositivos de agarre de la carga.

1.7. El etiquetado de la carga debe cumplir con los requisitos y los requisitos previstos en la documentación técnica y reglamentaria para productos específicos.

1.8. Las normas y especificaciones para una carga específica en contenedores o sin ella deben estipular la posibilidad de su transporte en vehículos abiertos y en la cubierta superior (abierta) de los barcos en condiciones de exposición al agua de acuerdo con.

1.9. Los requisitos para el embalaje de la carga, las condiciones y características de su transporte, los métodos y los medios de consolidación de los paquetes deben establecerse en la documentación reglamentaria y técnica para un tipo específico de carga en la sección "Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento". de acuerdo con los requisitos de GOST 1.5.

1.10. La tara y el embalaje de las mercancías enviadas al Extremo Norte deben cumplir con los requisitos.

1.11. El expedidor es responsable de las consecuencias de las deficiencias en el embalaje y embalaje interno de las mercancías (rotura, rotura, deformación, fuga, etc.), así como del uso de envases y embalajes que no correspondan a las propiedades de la carga, su peso o normas establecidas.

1.12. La carga y sus embalajes que se presenten para el transporte en comunicaciones mixtas y directas deberán garantizar su seguridad durante el transbordo, así como la seguridad del material rodante ferroviario de conformidad con.

2.1. Productos metálicos

2.1.1. La preparación de ciertos tipos de productos metálicos para el transporte debe realizarse de acuerdo con los requisitos , así como la documentación normativa y técnica vigente para determinados tipos de productos metálicos.

2.1.2. Los medios de embalaje de productos metálicos y los métodos de flejado deben garantizar la seguridad de los bultos, bultos, rollos y bobinas contra derrames y desenrollados, pérdida y despersonalización de las etiquetas tanto durante las operaciones de transbordo como durante el transporte.

2.1.3. Al embalar productos metálicos largos de acuerdo con , deberían utilizarse medios de carga para empacar con puntos de agarre superiores, o la configuración de las balas y los métodos de su colocación en los vehículos deberían permitir eslingar y deseslingar sin levantar, extender y otras operaciones manuales similares. El desvío de esta regla solo se permite previo acuerdo con el puerto o la estación ferroviaria donde se envía la carga, si cuentan con equipos especiales de elevación (imanes, manipuladores, etc.). Se debe marcar en la carga o incluir en los documentos de carga una indicación de la posibilidad de eslingar para los medios de flejado y embalaje de carga.

2.1.4. Los productos metálicos laminados (rieles, barras, acero perfilado, tubos de hasta 350 mm de diámetro, etc.), lingotes de metales no ferrosos, cátodos de cobre y níquel, bobinas empacadas y sin empaquetar (alambre laminado, alambre de púas, etc.) deben ser entregado para el transporte en paquetes.

2.1.5. La chatarra pesada y larga debe dividirse en partes de acuerdo con . Los desechos metálicos pequeños se prensan en bolsas o se apilan en fardos. La chatarra pequeña en forma de ferretería usada, herramientas, chatarra de metales no ferrosos se empaqueta en contenedores resistentes: cajas, barriles o contenedores especiales.

Solo se acepta chatarra reciclada para el transporte en tráfico mixto.

2.1.6. Las chapas de acero en bobinas, transportadas montadas en los extremos, deben entregarse sobre patines o deben adaptarse para su manipulación con pinzas de palanca de apriete que comprimen la bobina desde el exterior y desde el interior.

2.2.1. En los documentos para equipos automotores y en el folleto informativo adherido al parabrisas de la cabina desde el interior, se debe indicar el nombre y marca del combustible con el que se reabastece. En el momento de la carga en los vehículos, los equipos móviles deberán ser reabastecidos en una cantidad de al menos 5 dm 3 para automóviles y de al menos 12 dm 3 para todos los demás tipos de equipos autopropulsados.

2.2.2. El sistema de enfriamiento del motor debe estar lleno de anticongelante (anticongelante), y las baterías están llenas de electrolito, cargadas y listas para arrancar el motor.

Con una temperatura del aire exterior superior a 4 °C, el sistema de refrigeración del motor puede llenarse de agua.

Al cargar equipos autopropulsados ​​en vehículos con una temperatura del aire exterior inferior a 4 °C y en ausencia de anticongelante en el sistema de refrigeración, se permite llenarlo con agua caliente. El drenaje del agua del sistema de enfriamiento debe realizarse inmediatamente después de cargar el equipo en el vehículo.

2.2.3. Al transportar equipos móviles en tráfico mixto, su preparación para el transporte la llevan a cabo los consignadores de acuerdo con los requisitos para vehículos según.

2.2.4. Las alarmas luminosas y sonoras, así como todos los demás dispositivos que garanticen la seguridad del tráfico, deberán estar instalados y en buen estado de funcionamiento en las máquinas.

2.2.5. Con la primera unidad de cada tipo de equipo, o de manera preliminar, el expedidor está obligado a enviar al puerto, aeropuerto y estación ferroviaria por lo menos tres copias de las instrucciones para el funcionamiento y manejo del equipo.

2.2.6. Para los equipos móviles, con excepción de los automóviles, el fabricante debe elaborar un esquema de eslingaje para recargar con dispositivos de elevación, indicando los puntos de eslingado, los dispositivos de elevación, la ubicación de las ramas de eslingado y el centro de gravedad. La ubicación de las ramas colgantes y los dispositivos utilizados deben excluir la posibilidad de daños al equipo móvil y su pintura.

La tabla de eslingas debe estar adherida al interior del vidrio de la cabina. Si el equipo móvil no tiene cabina, el esquema se adjunta en un lugar visible con protección contra daños por precipitaciones.

2.2.7. Los turismos enviados embalados deberán presentarse para el transporte en cajas de celosía de madera según.

2.2.8. Cuando se envíen equipos móviles destinados a cargarse por sus propios medios, almacenados en puertos, aeropuertos y estaciones de ferrocarril, la recarga oportuna de baterías y la realización de todos los demás trabajos previstos en las instrucciones para el funcionamiento de equipos móviles cuando se almacenen de forma contractual deben estar asegurado

2.2.9. Los equipos de tractores, para los que es posible almacenarlos a largo plazo antes de venderlos al comprador, se envían en estado inactivo con baterías cargadas en seco. Al mismo tiempo, los fabricantes están obligados, sobre la base de contratos, a proporcionar a las organizaciones de transporte el equipo y los dispositivos necesarios para cargar y descargar el equipo del tractor en los vehículos sin necesidad de conservación.

2.2.10. Si es imposible cargar piezas de repuesto y accesorios en el equipo de autotractor, se permite enviar este último en forma de paquete para un lote de equipo. El tipo, la forma y el peso del paquete deben garantizar la carga del paquete en vehículos regulares que utilizan carretillas elevadoras.

2.2.11. Cuando se cargue equipo tractor en forma de bola de naftalina y existan instalaciones de remolque en los puntos de transferencia que no requieran que el conductor esté en la cabina del tractor remolcado, este último deberá estar cerrado y sellado con sellos de fábrica.

2.3.1. Los productos y estructuras de hormigón armado (en lo sucesivo denominados productos de hormigón armado) pueden presentarse para el transporte tanto embalados como sin embalar.

Los productos de hormigón armado ligero embalados que pesen menos de 5 toneladas deben estar equipados con dispositivos de eslinga.

2.3.2. Los productos de hormigón armado transportados por ferrocarril y carretera utilizando dispositivos especiales (cassettes, peines, pirámides) deben suministrarse para el transporte en barcos y aeronaves que utilizan estos dispositivos.

2.3.3. Las piezas pequeñas (dinteles, marcos de ventanas, haces de luz, tubos de fibrocemento) deben transportarse en bolsas y contenedores.

La documentación normativa y técnica para tipos específicos de productos debe indicar los estándares para envases y contenedores.

2.3.4. Los productos de hormigón armado deben tener dispositivos para colgar y sujetar (bucles, agujeros).

No se permite el hundimiento del hormigón en los dispositivos de eslinga y sujeción.

En los productos que no están provistos estructuralmente para dispositivos de eslingado y es difícil distinguir la parte superior de la parte inferior (vigas, losas y otros productos con refuerzo ubicado asimétricamente), el remitente debe hacer una inscripción indeleble "Top".

2.3.5. Sobre cada producto de hormigón armado, en un lugar claramente visible, se deben aplicar marcas (riesgos) con pintura indeleble, definiendo soportes, fijaciones de tensores y eslingas en ausencia de lazos de montaje u otros dispositivos en los productos.

2.3.6. Los productos de hormigón armado a partir de hormigón celular esterilizado en autoclave y hormigón resistente al calor sobre vidrio líquido, así como los productos multicapa con una capa de aislamiento, los elementos con marcos de ventanas insertados y bloques de puertas deben protegerse en las plantas de fabricación contra daños y humedad. Las superficies texturizadas, lijadas o revestidas de paneles y bloques de pared deben protegerse contra daños con almohadillas de gomaespuma suave o fieltro técnico de lana gruesa.

2.3.7. Los marcos de las ventanas y las puertas insertadas en los marcos deben fijarse en el estado cerrado.

2.3.8. Los elementos estructurales que no tengan la suficiente rigidez durante el transporte deben ser reforzados temporalmente.

2.3.9. El expedidor está obligado, antes de presentar productos de hormigón armado para su transporte, a entregar a la organización de transporte las características de carga de los productos y las condiciones para su estiba y almacenamiento, que indican:

Nombre del producto, marca, peso en kilogramos, dimensiones (largo, ancho, alto o espesor);

esquema de almacenamiento y el número de niveles permitidos en la pila, en función de las características de resistencia de los productos;

Dimensiones de revestimientos y juntas (teniendo en cuenta la altura de los bucles de montaje y las partes sobresalientes de los productos);

Esquema de eslingas que indica los ángulos máximos de desviación de las ramas de la eslinga de la vertical;

Datos sobre dispositivos de agarre;

Condiciones especiales para operaciones de carga y descarga y colocación.

2.4.1. No se permite el transporte de contenedores con tales daños, deformaciones y mal funcionamiento, como resultado de lo cual no se garantiza la seguridad de la recarga, la confiabilidad de la sujeción de los contenedores, o el daño a la carga transportada, la pérdida del contenido del contenedor y el acceso a la carga es posible.

2.4.2. Los contenedores cargados en exceso del desplazamiento permisible del centro de masa de la carga no pueden recargarse ni transportarse.

2.5.1. Las cargas que por su tamaño y propiedades puedan conformarse en bultos de transporte, deberán ser presentadas por el expedidor para su transporte en bultos.

El paquete es un paquete de transporte. Todos los documentos de envío deben indicar tanto el número de paquetes como el número de artículos individuales en ellos.

2.5.2. Se deben cumplir las características de transporte de los bultos agrandados (dimensiones, peso, volumen específico de carga) y las condiciones para su formación.

2.5.3. El diseño de los bultos debe garantizar su resistencia, estabilidad, la imposibilidad de sacar bultos individuales del bulto sin violar los medios de embalaje, flejes o cintas de control, así como la confiabilidad durante la recarga y el transporte en varios niveles.

Al determinar la posibilidad de transporte de paquetes en varios niveles, se debe tener en cuenta la capacidad de los espacios de carga de los vehículos.

El registro de los documentos de carga debería prever la posibilidad de control sin desmantelar los bultos.

2.5.4. El llenado del área de paletas planas con una pila de carga debe ser de al menos el 90%.

2.5.5. En las normas para materiales de flejado y medios de embalaje, es necesario indicar la posibilidad de su uso cuando se transporte carga en material rodante abierto, incluso en condiciones de exposición al medio marino, teniendo en cuenta los requisitos.

2.6.1. Los equipos en cajas y estructuras metálicas sin embalar, cuya presión específica sobre los vehículos exceda la permitida, deben transportarse de acuerdo con proyectos especiales, cuya necesidad de desarrollo es determinada por el transportista.

2.6.2. En cada TG, los sitios de construcción y el centro de gravedad deben estar marcados sin falta. Si, para garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de las operaciones de transbordo cuando se mueven con grúas, se requiere el uso de vigas espaciadoras, marcos y otros dispositivos especiales, a excepción de las eslingas de anillo o de extremo habituales, un diagrama de amarre debe adjuntarse a cada paquete o dicho diagrama debe enviarse a la organización de transporte antes de la llegada de la carga.

2.6.3. Los puntos de amarre deben estar equipados y colocados en la carga, y la carga debe instalarse en el vehículo de modo que el enrollamiento de los dispositivos de sujeción de la carga pueda realizarse sin levantamiento y desplazamiento previos.

2.6.4. Si se requieren dispositivos especiales de manejo de carga, marcos, travesaños, etc. para las operaciones de transbordo, que no están disponibles en el punto de transbordo, deben ser suministrados por el consignador junto con la carga o por adelantado. La necesidad de dicho suministro debe acordarse de antemano.

2.6.5. Los esquemas de eslingaje para TG de grandes dimensiones o formas complejas deben acordarse con las organizaciones de transporte por adelantado, y el envío de mercancías debe realizarse solo después de dicho acuerdo.

2.6.6. Las cargas con una configuración compleja de la superficie de apoyo, cilíndrica, esférica y cónica, deben presentarse para el transporte junto con soportes especiales, pedestales y bloques de quilla necesarios para apilar en un almacén y colocar en un vehículo.

2.6.7. La colocación y fijación de TG se realiza, por regla general, de acuerdo con proyectos especiales de transporte.

2.6.8. El propietario de la carga presenta, a solicitud del transportista, un proyecto para el transporte de carga pesada.

El desarrollo del proyecto lo lleva a cabo una organización de diseño especializada, un transportista o por orden del propietario de la carga y a su cargo.

2.6.9. El proyecto para el transporte de carga pesada debe incluir: la elección de un vehículo, esquemas y cálculos para la colocación y sujeción de la carga, cálculos de la estabilidad y resistencia de los vehículos, cálculos y documentación para su modernización, tecnología de transbordo, preparativos para la carga. y puntos de descarga.

El proyecto deberá prever la entrega por parte del expedidor hasta el punto de partida de los materiales y dispositivos auxiliares necesarios para la carga y descarga, almacenamiento, sujeción y transporte (travesaños, marcos, juntas, bastidores, vigas, cuñas, etc.).

2.6.10. La carga se acepta para el transporte después de que el transportista acuerde el proyecto de transporte. Si es necesario, se acuerdan proyectos de transporte con el consignador, puntos de carga y descarga y otros departamentos de transporte y montaje involucrados en la entrega y montaje de la carga.

2.7.1. Los bienes empacados deben presentarse para el transporte en paquetes o contenedores.

2.7.2. La carga en piezas sin envasar (cilindros, botellas, botes) debe presentarse para el transporte solo en paquetes o contenedores.

Las mercancías no transportables, como las mercancías en sacos (cemento, alúmina, etc.), deben presentarse para el transporte en sacos.

2.7.3. Las mercancías embaladas, cuya resistencia del contenedor sea insuficiente, deberán presentarse para su transporte en cajas y tarimas paletizadas según o en contenedores.

3.1. Las cargas que requieran embalaje para protegerse contra pérdidas, daños y perjuicios, o que representen un peligro para las personas, el transbordo y los vehículos en forma desembalada, deben ofrecerse para su transporte en contenedores y embalajes que cumplan con los requisitos de las normas.

Mercancías peligrosas: GOST 26319, productos enviados al Extremo Norte y áreas de difícil acceso: GOST 15846.

3.2. El diseño del contenedor debe soportar las pruebas según .

3.2.1. Al colocar vehículos en espacios de carga en varios niveles de altura, la carga de tara P, kPa, se calcula mediante la fórmula

donde F- peso del paquete (bruto), t;

norte- el número de niveles en altura (la altura máxima del espacio de carga es de 7 a 8 m).

La carga específica de la masa de un paquete no debe exceder los 20 kPa (2,0 t/m2).

3.2.2. La sujeción de la carga en el contenedor a lo largo del componente horizontal debe soportar la carga F gramo, kgf, calculado por la fórmula

F gramo = 0,75 q, (2)

donde q- peso de carga (neto), kg.

Los medios de sujeción de la carga en bultos deberán garantizar su seguridad bajo la acción de las cargas inerciales máximas que se produzcan sobre los modos de transporte involucrados en el transporte.

3.2.3. Al levantar en eslingas, un contenedor con una carga debe soportar la carga (fuerza de compresión de la eslinga) F, en newtons, calculado por la fórmula

F = 12 PAG, (3)

donde R- peso de la carga (bruto), kg.

3.3. Las cargas en un contenedor marítimo con un peso bruto superior a 1 t, máquinas, equipos, conjuntos y piezas que se presenten para el transporte sin embalaje o con protección parcial, para la comodidad de realizar operaciones de transbordo y la posibilidad de amarre a un vehículo, deberán tener dispositivos (anillos, soportes, tope, ganchos, lazos de montaje, orificios para eslingas) o lugares para colgar o enrollar elementos de sujeción flexibles e insertar las horquillas de la carretilla elevadora.

Estos lugares y dispositivos deben estar marcados o especificados en la documentación adjunta.

3.4. Al transportar mercancías fuerza mecánica cajas de madera y las cajas y los métodos de su control deben cumplir con los requisitos.

3.5. Si la especificación del producto prevé reutilizar contenedores, debe satisfacer las siguientes condiciones:

Las cajas y cajones deben estar intactos, sin deformaciones en el marco y filtraciones por la salida de clavos;

Los barriles deben estar sin abolladuras, manchas, con un juego completo de aros;

Las bolsas deben estar intactas, secas, garantizando la seguridad de la carga durante el retransporte y la recarga;

El embalaje no debe tener objetos afilados que sobresalgan en forma de clavos, alambre.

3.6. La resistencia mecánica del embalaje retornable debe cumplir con los requisitos de las normas dadas en la cláusula .

APÉNDICE

Referencia

EXPLICACIÓN DEL TÉRMINO UTILIZADO EN LA NORMA

DATOS DE INFORMACIÓN

1. DESARROLLADO E INTRODUCIDO por el Ministerio de Marina de la URSS

2. APROBADO E INTRODUCIDO POR Decreto del Comité Estatal de la URSS para la Gestión y Normas de Calidad del Producto del 25 de junio de 1990 No. 1831

3. REEMPLAZAR GOST 26653-85

4. NORMATIVAS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS DE REFERENCIA

Número de párrafo, subpárrafo

Número de párrafo, subpárrafo

GOST 1.5-2001

GOST 1639-93

GOST 19848-74

GOST 21136-75

GOST7566-94

GOST 21140-88

GOST 9142-90

GOST 21399-75

GOST 10198-91

GOST 21650-76

GOST 10692-80

GOST 22235-76

GOST 14192-96

GOST 22477-77

GOST 15150-69

GOST 23285-78

GOST 15151-69

GOST 24597-81

GOST 15846-2002

GOST 25014-81

GOST 25064-81

GOST 18425-73

GOST 26319-84

GOST 18477-79

GOST 26663-85

GOST 19041-85

GOST 26838-86

5. REPUBLICACIÓN. abril de 2003

Directorio de GOST, TU, estándares, normas y reglas. SNiP, SanPiN, certificación, especificaciones

304.00

Distribuimos documentación normativa desde 1999. Perforamos cheques, pagamos impuestos, aceptamos todas las formas legales de pago para pagos sin intereses adicionales. Nuestros clientes están protegidos por la Ley. SRL "CNTI Normokontrol"

Nuestros precios son más bajos que en otros lugares porque trabajamos directamente con proveedores de documentos.

métodos de entrega

  • Entrega de mensajería urgente (1-3 días)
  • Entrega de mensajería (7 días)
  • Recogida en la oficina de Moscú
  • Correo Ruso

Esta norma establece los requisitos generales para la preparación de carga general para el transporte en tráfico directo y mixto: transporte marítimo, fluvial, ferroviario, terrestre y aéreo.

  • Reemplaza GOST 26653-85 “Preparación de carga general para el transporte por mar. Requerimientos generales"
  • Reemplazado por GOST 26653-2015 “Preparación de carga general para el transporte. Requisitos generales” IUS 11-2016

1. Disposiciones generales

2 Requisitos de carga

2.1 Productos de acero

2.2 Tecnología móvil

2.3 Productos y estructuras de hormigón

2.4 Mercancías en contenedores

2.5 Mercancías en sobreembalajes

2.6 Cargas pesadas y equipos sobredimensionados (TG)

2.7 Bienes empaquetados

3 Requisitos para los contenedores de transporte

Anexo (informativo) Explicación del término utilizado en la norma

Este GOST está en:

Organizaciones:

Preparación de cargas generales para el transporte. Requerimientos generales

  • GOST7566-94Productos metálicos. Aceptación, marcado, embalaje, transporte y almacenamiento. Reemplazado por GOST 7566-2018.
  • GOST 10692-80Los tubos de acero, de hierro fundido y las piezas de unión a ellos. Aceptación, marcado, embalaje, transporte y almacenamiento. Reemplazado por GOST 10692-2015.
  • GOST 15150-69productos Versiones para diferentes regiones climáticas. Categorías, condiciones de operación, almacenamiento y transporte en términos del impacto de los factores ambientales climáticos
  • GOST 15151-69Maquinaria, dispositivos y otros equipos técnicos productos para zonas de clima tropical. Especificaciones generales
  • GOST 21140-88Envase. Sistema de tallas
  • GOST 21391-84herramientas de embalaje. Términos y definiciones
  • GOST 16369-96Paquetes de transporte de madera. Dimensiones
  • GOST 19041-85Transporte de paquetes y bloques de paquetes de madera. Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento.
  • GOST 10198-91Cajas de madera para mercancías de peso St. 200 a 20000 kg. Especificaciones generales
  • GOST 14192-96Marcado de carga
  • GOST 9570-84Los palets son caja y rack. Especificaciones generales . Reemplazado por GOST 9570-2016.
  • GOST 24597-81Paquetes productos envasados. Principales parámetros y dimensiones
  • GOST 26663-85Paquetes transporte. Formación utilizando herramientas de embalaje. Requisitos técnicos generales
  • GOST 21650-76Medios de sujeción de cargas empaquetadas en paquetes de transporte. Requerimientos generales
  • GOST 15846-79Productos enviados al Extremo Norte y zonas de difícil acceso. Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento. Reemplazado por GOST 15846-2002.
  • GOST 1639-93 . Reemplazado por GOST 1639-2009.
  • GOST 2787-75Metales secundarios ferrosos. Especificaciones generales . Reemplazado por GOST 2787-2019.
  • GOST 22235-76Vagones de carga de vías férreas principales de ancho de vía de 1520 mm. Requisitos generales para garantizar la seguridad en la producción de operaciones de carga y descarga y maniobras. Reemplazado por GOST 22235-2010.
  • GOST 1.5-2001Sistema interestatal de normalización. Estándares interestatales, reglas y recomendaciones para la estandarización interestatal. Requisitos generales de construcción, presentación, diseño, contenido y designación
  • GOST 18477-79Los contenedores son universales. Tipos, parámetros básicos y dimensiones.
  • GOST 14192-77Etiquetado de carga. Reemplazado por GOST 14192-96.
  • GOST 1639-78Chatarra y desperdicios de metales no ferrosos y aleaciones. Especificaciones generales . Reemplazado por GOST 1639-93.
  • GOST 18425-73El contenedor de transporte está lleno. Método de prueba de impacto de caída libre. Reemplazado por GOST 18425-2018.
  • GOST 19433-88Las cargas son peligrosas. Clasificación y etiquetado
  • GOST 19848-74Transporte de mercancías en palets box y rack. Requerimientos generales
  • GOST 21136-75El contenedor de transporte está lleno. Método de ensayo de vibraciones a baja frecuencia fija
  • GOST 21399-75Paquetes de transporte para lingotes, cátodos y lingotes de metales no ferrosos. Requerimientos generales
  • GOST 22477-77Medios de sujeción de bultos de transporte en vagones cubiertos. Requisitos técnicos generales
  • GOST 23285-78Embalajes de transporte para alimentos y envases de vidrio. Especificaciones
  • GOST 25014-81fuerza de apilamiento. Reemplazado por GOST ISO 2234-2014 excepto el método 4.
  • GOST 25064-81El contenedor de transporte está lleno. Métodos de prueba para un golpe horizontal. Reemplazado por GOST ISO 2244-2013.
  • GOST 26319-84Las cargas son peligrosas. Paquete
  • GOST 26838-86cajas y listones de madera. Normas de resistencia mecánica
  • GOST 9142-90cajas de cartón corrugado. Especificaciones generales . Reemplazado por GOST 9142-2014.
  • GOST 15846-2002Productos enviados al Extremo Norte y áreas equivalentes. Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento
  • GOST 1.5-93Normas para la realización de trabajos de normalización interestatal. Requisitos generales para la construcción, presentación, diseño y contenido de las normas. Reemplazado por GOST 1.5-2001.
  • GOST7566-81Alquiler y productos de procesamiento posterior. Normas de aceptación, marcado, embalaje, transporte y almacenamiento. Reemplazado por GOST 7566-94.
  • GOST 16369-80Madera. Tamaños de sobreembalaje
  • GOST 1.5-85Sistema de normalización estatal. Construcción, presentación, diseño y contenido de las normas
  • GOST 21929-76Transporte de mercancías en paquetes. Requerimientos generales
  • GOST 21140-75Envase. Sistema de tallas
  • GOST 26653-85Preparación de carga general para transporte marítimo. Requerimientos generales


Página 1



página 2



página 3



página 4



página 5



página 6



página 7



página 8



página 9



página 10



página 11



pagina 12



página 13



página 14



página 15

ESTÁNDAR INTERESTATAL

PREPARACIÓN DE CARGA GENERAL
AL TRANSPORTE

REQUERIMIENTOS GENERALES

EDITORIAL DE NORMAS IPK
Moscú

ESTÁNDAR INTERESTATAL

PREPARACIÓN DE CARGA GENERAL
AL TRANSPORTE

Requerimientos generales

Preparación de cargas generales para el transporte.
Requerimientos generales

GOST
26653-90

Fecha de introducción 01.07.91

Esta norma establece los requisitos generales para la preparación de carga general para el transporte en tráfico directo y mixto: transporte marítimo, fluvial, ferroviario, terrestre y aéreo.

Los requisitos de la norma deben tenerse en cuenta al desarrollar normas, especificaciones técnicas para productos preparados para el transporte, en términos de embalaje, etiquetado, transporte y almacenamiento, al planificar y organizar el envío de mercancías, al celebrar acuerdos y contratos para el suministro de exportacion e importacion de mercancias.

En el apéndice se da una explicación del término "carga general".

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1. La carga debe estar preparada para el transporte, teniendo en cuenta los requisitos de las normas de producto, las Reglas para el Transporte de Mercancías vigentes para los modos de transporte correspondientes y el Acuerdo sobre Transporte Internacional de Carga por Ferrocarril (SMGS).

1.2. La preparación de la carga para el transporte debe garantizar:

Seguridad de la carga durante el transporte y seguridad del vehículo y del medio ambiente;

Aprovechamiento máximo de la capacidad de carga y (o) capacidad de carga de los vehículos y mecanismos de elevación con la obligación de garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de su transporte;

Resistencia necesaria del embalaje de la carga durante las operaciones de apilamiento y recarga;

Conveniencia de realizar operaciones de carga, amarre y colocación en vehículos y en bodegas.

1.3. Al preparar la carga para el transporte, se debe tener en cuenta lo siguiente:

Propiedades de la carga, zona de transporte, tiempo de entrega y temporada;

La duración del impacto de los factores hidrometeorológicos, incluso en regiones microclimáticas;

La naturaleza dinámica de las cargas que actúan sobre el modo de transporte correspondiente;

Capacidad y dimensiones de espacios de carga, vehículos;

La necesidad de asegurar la carga;

La necesidad de garantizar ciertas condiciones de temperatura, ventilación y humedad en los espacios de carga de los vehículos;

La posibilidad de mecanización compleja de los procesos de transbordo para garantizar una alta productividad laboral y reducir el tiempo de inactividad de los vehículos durante la carga y descarga;

Riesgo de daños a la carga y las máquinas, lesiones a las personas durante las operaciones de recarga en caso de información insuficiente o incorrecta de las organizaciones de transporte sobre las propiedades de la carga y los métodos correctos de recarga, así como debido a su falta de preparación para las operaciones de carga;

Incumplimiento de la forma de presentación de la carga para el transporte con los requisitos tecnológicos de los procesos de transbordo y transporte;

La necesidad de información preliminar de las organizaciones de transporte sobre la forma de presentación de la carga para el transporte o sobre su cambio a fin de determinar o aclarar la tecnología de transporte y su procesamiento en los puntos de transbordo;

La posibilidad de ampliación y unificación de bultos a fin de crear condiciones para la mecanización y automatización del movimiento y eslingado de mercancías.

1.4. El contenedor de transporte y embalaje de la carga presentada para el transporte deberá cumplir con los requisitos de la documentación reglamentaria y técnica, contar con precintos, candados, cintas de control y dispositivos especiales de sujeción al vehículo y estar adaptados para el eslingado rápido, cómodo y seguro de la carga cuando moviendo sus grúas y cargadores.

1.5. El equipo de embalaje para el transporte de paquetes al Extremo Norte debe ser predominantemente de un solo uso.

1.6. El contenedor de transporte y el embalaje de la carga deben garantizar su seguridad durante las operaciones de producción de la carga utilizando dispositivos de agarre de la carga.

1.7. El marcado de carga debe cumplir con los requisitos de GOST 14192, GOST 19433 y los requisitos previstos en la documentación reglamentaria y técnica para productos específicos.

1.8. Las normas y especificaciones para una carga específica en contenedores o sin ella deben estipular la posibilidad de su transporte en vehículos abiertos y en la cubierta superior (abierta) de los barcos en condiciones de exposición al agua de acuerdo con GOST 15150, GOST 15151.

1.9. Los requisitos para el embalaje de la carga, las condiciones y características de su transporte, los métodos y medios para agrandar los bultos deben establecerse en la documentación reglamentaria y técnica para un tipo específico de carga en la sección "Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento" en de acuerdo con los requisitos de GOST 1.5.

1.10. La tara y el embalaje de los productos enviados al Extremo Norte deben cumplir con los requisitos de GOST 15846.

1.11. El expedidor es responsable de las consecuencias de las deficiencias en el embalaje y embalaje interno de las mercancías (rotura, rotura, deformación, fuga, etc.), así como del uso de envases y embalajes que no correspondan a las propiedades de la carga, su peso o normas establecidas.

1.12. La carga y su embalaje presentados para el transporte en comunicaciones mixtas y directas deben garantizar su seguridad durante el transbordo, así como la seguridad del material rodante ferroviario de acuerdo con GOST 22235 y GOST 22477.

2. REQUISITOS DE CARGA

2.1. Productos metálicos

2.1.1. La preparación de ciertos tipos de productos metálicos para el transporte debe realizarse de acuerdo con los requisitos de GOST 7566, GOST 10692, así como con la documentación técnica y reglamentaria actual para ciertos tipos de productos metálicos.

2.1.2. Los medios de embalaje de productos metálicos y los métodos de flejado deben garantizar la seguridad de los bultos, bultos, rollos y bobinas contra derrames y desenrollados, pérdida y despersonalización de las etiquetas tanto durante las operaciones de transbordo como durante el transporte.

2.1.3. Al empacar productos metálicos largos de acuerdo con GOST 7566, GOST 10692, GOST 19041, se deben usar medios de empaque de carga con puntos de agarre superiores, o la configuración de los paquetes y los métodos de su colocación en vehículos deben permitir eslingar y eslingar sin elevación, esparcimiento y otras operaciones manuales similares. El desvío de esta regla solo se permite previo acuerdo con el puerto o la estación ferroviaria donde se envía la carga, si cuentan con equipos especiales de elevación (imanes, manipuladores, etc.). Se debe marcar en la carga o incluir en los documentos de carga una indicación de la posibilidad de eslingar para los medios de flejado y embalaje de carga.

2.1.4. Los productos metálicos laminados (rieles, barras, acero perfilado, tubos de hasta 350 mm de diámetro, etc.), lingotes de metales no ferrosos, cátodos de cobre y níquel, bobinas empacadas y sin empaquetar (alambre laminado, alambre de púas, etc.) deben ser entregado para el transporte en paquetes.

2.1.5. La chatarra pesada y larga debe dividirse en partes de acuerdo con GOST 2787, chatarra de metales no ferrosos - GOST 1639. Los desechos metálicos pequeños se prensan en bolsas o se apilan en fardos. La chatarra pequeña en forma de ferretería usada, herramientas, chatarra de metales no ferrosos se empaqueta en contenedores resistentes: cajas, barriles o contenedores especiales.

Solo se acepta chatarra reciclada para el transporte en tráfico mixto.

2.1.6. Las chapas de acero en bobinas, transportadas montadas en los extremos, deben entregarse sobre patines o deben adaptarse para su manipulación con pinzas de palanca de apriete que comprimen la bobina desde el exterior y desde el interior.

2.2. Tecnología móvil

2.2.1. En los documentos para equipos automotores y en el folleto informativo adherido al parabrisas de la cabina desde el interior, se debe indicar el nombre y marca del combustible con el que se reabastece. En el momento de la carga en los vehículos, los equipos móviles deberán ser reabastecidos en una cantidad de al menos 5 dm 3 para automóviles y de al menos 12 dm 3 para todos los demás tipos de equipos autopropulsados.

2.2.2. El sistema de enfriamiento del motor debe estar lleno de anticongelante (anticongelante), y las baterías están llenas de electrolito, cargadas y listas para arrancar el motor.

Con una temperatura del aire exterior superior a 4 °C, el sistema de refrigeración del motor puede llenarse de agua.

Al cargar equipos autopropulsados ​​en vehículos con una temperatura del aire exterior inferior a 4 °C y en ausencia de anticongelante en el sistema de refrigeración, se permite llenarlo con agua caliente. El drenaje del agua del sistema de enfriamiento debe realizarse inmediatamente después de cargar el equipo en el vehículo.

2.2.3. Al transportar equipos móviles en tráfico mixto, su preparación para el transporte la llevan a cabo los consignadores de acuerdo con los requisitos para vehículos de acuerdo con GOST 15846.

2.2.4. Las alarmas luminosas y sonoras, así como todos los demás dispositivos que garanticen la seguridad del tráfico, deberán estar instalados y en buen estado de funcionamiento en las máquinas.

2.2.5. Con la primera unidad de cada tipo de equipo, o de manera preliminar, el expedidor está obligado a enviar al puerto, aeropuerto y estación ferroviaria por lo menos tres copias de las instrucciones para el funcionamiento y manejo del equipo.

2.2.6. Para los equipos móviles, con excepción de los automóviles, el fabricante debe elaborar un esquema de eslingaje para recargar con dispositivos de elevación, indicando los puntos de eslingado, los dispositivos de elevación, la ubicación de las ramas de eslingado y el centro de gravedad. La ubicación de las ramas colgantes y los dispositivos utilizados deben excluir la posibilidad de daños al equipo móvil y su pintura.

La tabla de eslingas debe estar adherida al interior del vidrio de la cabina. Si el equipo móvil no tiene cabina, el esquema se adjunta en un lugar visible con protección contra daños por precipitaciones.

2.2.7. Los automóviles enviados en forma de paquete deben presentarse para el transporte en cajas de celosía de madera de acuerdo con GOST 10198.

2.2.8. Cuando se envíen equipos móviles destinados a cargarse por sus propios medios, almacenados en puertos, aeropuertos y estaciones de ferrocarril, la recarga oportuna de baterías y la realización de todos los demás trabajos previstos en las instrucciones para el funcionamiento de equipos móviles cuando se almacenen de forma contractual deben estar asegurado

2.2.9. Los equipos de tractores, para los que es posible almacenarlos a largo plazo antes de venderlos al comprador, se envían en estado inactivo con baterías cargadas en seco. Al mismo tiempo, los fabricantes están obligados, sobre la base de contratos, a proporcionar a las organizaciones de transporte el equipo y los dispositivos necesarios para cargar y descargar el equipo del tractor en los vehículos sin necesidad de conservación.

2.2.10. Si es imposible cargar piezas de repuesto y accesorios en el equipo de autotractor, se permite enviar este último en forma de paquete para un lote de equipo. El tipo, la forma y el peso del paquete deben garantizar la carga del paquete en vehículos regulares que utilizan carretillas elevadoras.

2.2.11. Cuando se cargue equipo tractor en forma de bola de naftalina y existan instalaciones de remolque en los puntos de transferencia que no requieran que el conductor esté en la cabina del tractor remolcado, este último deberá estar cerrado y sellado con sellos de fábrica.

2.3. Productos y estructuras de hormigón armado.

2.3.1. Los productos y estructuras de hormigón armado (en lo sucesivo denominados productos de hormigón armado) pueden presentarse para el transporte tanto embalados como sin embalar.

Los productos de hormigón armado ligero embalados que pesen menos de 5 toneladas deben estar equipados con dispositivos de eslinga.

2.3.2. Los productos de hormigón armado transportados por ferrocarril y carretera utilizando dispositivos especiales (cassettes, peines, pirámides) deben suministrarse para el transporte en barcos y aeronaves que utilizan estos dispositivos.

2.3.3. Las piezas pequeñas (dinteles, marcos de ventanas, haces de luz, tubos de fibrocemento) deben transportarse en bolsas y contenedores.

La documentación normativa y técnica para tipos específicos de productos debe indicar los estándares para envases y contenedores.

2.3.4. Los productos de hormigón armado deben tener dispositivos para colgar y sujetar (bucles, agujeros).

No se permite el hundimiento del hormigón en los dispositivos de eslinga y sujeción.

En los productos que no están provistos estructuralmente para dispositivos de eslingado y es difícil distinguir la parte superior de la parte inferior (vigas, losas y otros productos con refuerzo ubicado asimétricamente), el remitente debe hacer una inscripción indeleble "Top".

2.3.5. Sobre cada producto de hormigón armado, en un lugar claramente visible, se deben aplicar marcas (riesgos) con pintura indeleble, definiendo soportes, fijaciones de tensores y eslingas en ausencia de lazos de montaje u otros dispositivos en los productos.

2.3.6. Los productos de hormigón armado a partir de hormigón celular esterilizado en autoclave y hormigón resistente al calor sobre vidrio líquido, así como los productos multicapa con una capa de aislamiento, los elementos con marcos de ventanas insertados y bloques de puertas deben protegerse en las plantas de fabricación contra daños y humedad. Las superficies texturizadas, lijadas o revestidas de paneles y bloques de pared deben protegerse contra daños con almohadillas de gomaespuma suave o fieltro técnico de lana gruesa.

2.3.7. Los marcos de las ventanas y las puertas insertadas en los marcos deben fijarse en el estado cerrado.

2.3.8. Los elementos estructurales que no tengan la suficiente rigidez durante el transporte deben ser reforzados temporalmente.

2.3.9. El expedidor está obligado, antes de presentar productos de hormigón armado para su transporte, a entregar a la organización de transporte las características de carga de los productos y las condiciones para su estiba y almacenamiento, que indican:

Nombre del producto, marca, peso en kilogramos, dimensiones (largo, ancho, alto o espesor);

esquema de almacenamiento y el número de niveles permitidos en la pila, en función de las características de resistencia de los productos;

Dimensiones de revestimientos y juntas (teniendo en cuenta la altura de los bucles de montaje y las partes sobresalientes de los productos);

Esquema de eslingas que indica los ángulos máximos de desviación de las ramas de la eslinga de la vertical;

Datos sobre dispositivos de agarre;

Condiciones especiales para operaciones de carga y descarga y colocación.

2.4. Carga en contenedores

2.4.1. No se permite el transporte de contenedores con tales daños, deformaciones y mal funcionamiento, como resultado de lo cual no se garantiza la seguridad de la recarga, la confiabilidad de la sujeción de los contenedores, o el daño a la carga transportada, la pérdida del contenido del contenedor y el acceso a la carga es posible.

2.4.2. Los contenedores cargados en exceso del desplazamiento permisible del centro de masa de la carga no pueden recargarse ni transportarse.

2.5. Cargas en sobreembalajes

2.5.1. Las cargas que por su tamaño y propiedades puedan conformarse en bultos de transporte, deberán ser presentadas por el expedidor para su transporte en bultos.

El paquete es un paquete de transporte. Todos los documentos de envío deben indicar tanto el número de paquetes como el número de artículos individuales en ellos.

2.5.2. Las características de transporte de los paquetes ampliados (dimensiones, peso, volumen de carga específico) y las condiciones para su formación deben cumplir con GOST 7566, GOST 10692, GOST 16369, GOST 19041, GOST 19848, GOST 21391, GOST 21399, GOST 21650, GOST 23285 , GOST 24597 , GOST 26663 .

2.5.3. El diseño de los bultos debe garantizar su resistencia, estabilidad, la imposibilidad de sacar bultos individuales del bulto sin violar los medios de embalaje, flejes o cintas de control, así como la confiabilidad durante la recarga y el transporte en varios niveles.

Al determinar la posibilidad de transporte de paquetes en varios niveles, se debe tener en cuenta la capacidad de los espacios de carga de los vehículos.

El registro de los documentos de carga debería prever la posibilidad de control sin desmantelar los bultos.

2.5.4. El llenado del área de paletas planas con una pila de carga debe ser de al menos el 90%.

2.5.5. En las normas para materiales de flejado y medios de embalaje, es necesario indicar la posibilidad de su uso cuando se transporta carga en un material rodante abierto, incluso en condiciones de exposición al medio marino, teniendo en cuenta los requisitos de GOST 15150.

2.6. Equipos de carga pesada y sobredimensionados (TG)

2.6.1. Los equipos en cajas y estructuras metálicas sin embalar, cuya presión específica sobre los vehículos exceda la permitida, deben transportarse de acuerdo con proyectos especiales, cuya necesidad de desarrollo es determinada por el transportista.

2.6.2. En cada TG, los sitios de construcción y el centro de gravedad deben estar marcados sin falta. Si, para garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de las operaciones de transbordo cuando se mueven con grúas, se requiere el uso de vigas espaciadoras, marcos y otros dispositivos especiales, a excepción de las eslingas de anillo o de extremo habituales, un diagrama de amarre debe adjuntarse a cada paquete o dicho diagrama debe enviarse a la organización de transporte antes de la llegada de la carga.

2.6.3. Los puntos de amarre deben estar equipados y colocados en la carga, y la carga debe instalarse en el vehículo de modo que el enrollamiento de los dispositivos de sujeción de la carga pueda realizarse sin levantamiento y desplazamiento previos.

2.6.4. Si se requieren dispositivos especiales de manejo de carga, marcos, travesaños, etc. para las operaciones de transbordo, que no están disponibles en el punto de transbordo, deben ser suministrados por el consignador junto con la carga o por adelantado. La necesidad de dicho suministro debe acordarse de antemano.

2.6.5. Los esquemas de eslingaje para TG de grandes dimensiones o formas complejas deben acordarse con las organizaciones de transporte por adelantado, y el envío de mercancías debe realizarse solo después de dicho acuerdo.

2.6.6. Las cargas con una configuración compleja de la superficie de apoyo, cilíndrica, esférica y cónica, deben presentarse para el transporte junto con soportes especiales, pedestales y bloques de quilla necesarios para apilar en un almacén y colocar en un vehículo.

2.6.7. La colocación y fijación de TG se realiza, por regla general, de acuerdo con proyectos especiales de transporte.

2.6.8. El propietario de la carga presenta, a solicitud del transportista, un proyecto para el transporte de carga pesada.

El desarrollo del proyecto lo lleva a cabo una organización de diseño especializada, un transportista o por orden del propietario de la carga y a su cargo.

2.6.9. El proyecto para el transporte de carga pesada debe incluir: la elección de un vehículo, esquemas y cálculos para la colocación y sujeción de la carga, cálculos de la estabilidad y resistencia de los vehículos, cálculos y documentación para su modernización, tecnología de transbordo, preparativos para la carga. y puntos de descarga.

El proyecto deberá prever la entrega por parte del expedidor hasta el punto de partida de los materiales y dispositivos auxiliares necesarios para la carga y descarga, almacenamiento, sujeción y transporte (travesaños, marcos, juntas, bastidores, vigas, cuñas, etc.).

2.6.10. La carga se acepta para el transporte después de que el transportista acuerde el proyecto de transporte. Si es necesario, se acuerdan proyectos de transporte con el consignador, puntos de carga y descarga y otros departamentos de transporte y montaje involucrados en la entrega y montaje de la carga.

2.7. carga empaquetada

2.7.1. Los bienes empacados deben presentarse para el transporte en paquetes o contenedores.

2.7.2. La carga en piezas sin envasar (cilindros, botellas, botes) debe presentarse para el transporte solo en paquetes o contenedores.

CONSEJO INTERESTATAL DE NORMALIZACIÓN, METROLOGÍA Y CERTIFICACIÓN

CONSEJO INTERESTATAL DE NORMALIZACIÓN, METROLOGÍA Y CERTIFICACIÓN


INTERESTATAL

ESTÁNDAR

Requerimientos generales

Edición oficial

Stand rinform 2016


Prefacio

Los objetivos, los principios básicos y el procedimiento básico para llevar a cabo el trabajo de estandarización interestatal se establecen en GOST 1.0-92 "Sistema de estandarización interestatal". Disposiciones Básicas” y GOST 1.2-2009 “Sistema de Normalización Interestatal. Normas interestatales. reglas y recomendaciones para la estandarización interestatal. Reglas para el desarrollo, adopción, aplicación, actualización y cancelación”

Sobre el estándar

1 DESARROLLADO JSC "Orden Central de la Bandera Roja del Instituto de Investigación y Diseño Laboral de la Flota Marina"

2 8N ESE N TK 318 "Morflot"

3 ADOPTADO por el Consejo Interestatal de Normalización, Metrología y Protocolo de Certificación del 29 de septiembre de 2015 N° 80-P

Brevemente "nombrado" los países según MK<ИСО 3!вв) 004- 97

Código de país

según mk (iso 31 ee) 004-97

Nombre abreviado del organismo nacional de normalización

Armstatesvdvrt

Bielorrusia

Estándar estatal de la República de Bielorrusia

Kazajstán

Estándar estatal de la República de Kazajstán

Kirguistán

Kyrgyzstvndvrt

Gosstandart de Rusia

Tayikistán

Tvjikstvndvrt

4 Por orden de la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología del 17 de mayo de 2016 N9 325-st, la norma interestatal GOST 26653-2015 entró en vigor como norma nacional Federación Rusa desde el 1 de marzo de 2017

5 EN LUGAR DE GOST 26653-90

La información sobre los cambios a este estándar se publica en el índice de información anual "Estándares nacionales" (a partir del 1 de enero del año en curso), y el texto de los cambios y modificaciones, en el índice de información mensual "Estándares nacionales". En caso de revisión (reemplazo) o cancelación de la norma siguiente, se publicará el aviso correspondiente en el índice de información mensual "Normas Nacionales". La información, las notificaciones y los textos relevantes también se publican en el sistema de información pública, en el sitio web oficial de la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología en Internet.

© Standartinform. 2016

En la Federación Rusa, este estándar no se puede reproducir total o parcialmente. reproducido y distribuido como publicación oficial sin el permiso de la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología

Apéndice A (normativo) Cargas dinámicas reglamentarias a tener en cuenta

Anexo B (informativo) Características técnicas de los materiales con mayor


ESTÁNDAR INTERESTATAL

PREPARACIÓN DE CARGA GENERAL PARA TRANSPORTE

Requerimientos generales

Preparación de cargas generales para transporte. Requerimientos generales

Detalle de Introducción - 2017-03-01

1 área de uso

Esta norma establece los requisitos generales para la preparación de carga general para el transporte en tráfico directo y mixto: carretera, aire, ferrocarril. transporte marítimo y fluvial.

Los requisitos de esta norma deben tenerse en cuenta al desarrollar normas, especificaciones y documentación de trabajo para productos preparados para el transporte, en términos de embalaje, etiquetado, transporte y almacenamiento, al planificar y organizar el envío de mercancías, celebrar acuerdos y contratos para el suministro de mercancías, al ejercer el control estatal sobre el cumplimiento por parte del expedidor de los deberes de preparación de carga general para el transporte. incluyendo informar al transportista sobre propiedades peligrosas carga que requiera precauciones especiales, incluso mediante la participación de organizaciones especializadas. debidamente acreditado.

8 de esta norma, se utilizan referencias normativas a las siguientes normas interestatales:

GOST 1.5-2001 Sistema de estandarización interestatal. Estándares interestatales, reglas y recomendaciones para la estandarización interestatal. Requisitos generales de construcción, presentación, diseño, contenido y designación

GOST 1639-2009 Chatarra y desperdicios de metales no ferrosos y aleaciones. Especificaciones generales

GOST 2767-75 Metales secundarios ferrosos. Especificaciones generales

GOST 3916.1-96 Contrachapado de uso general con capas exteriores de chapa de madera dura. Especificaciones

GOST 3916.2-96 Contrachapado de uso general con capas exteriores de chapa de madera blanda. Especificaciones

GOST 4598-86 Tableros de fibra de madera. Especificaciones

GOST 7566-94 Productos de acero. Aceptación, marcado, embalaje, transporte y almacenamiento

GOST 9078-84 Paletas planas. Especificaciones generales

GOST 9142-2014 Cajas de cartón corrugado. Especificaciones generales

GOST 9498-79 Lingotes planos de aluminio y aleaciones de aluminio forjado para laminación. Especificaciones

GOST 9570-84 Cajas y palets de estanterías. Especificaciones generales

Edición oficial

GOST 10198-91 Cajas de madera para mercancías que pesan St. 200 a 20000 kg. Especificaciones generales

GOST 10296-79 Izol. Especificaciones

GOST 10632-2014 Tableros de virutas de madera. Especificaciones

GOST 10692-80 Tubos de acero, tubos de hierro fundido y accesorios para ellos. Aceptación, marcado. embalaje, transporte y almacenamiento

GOST 10923-93 Ruberoide. Especificaciones

GOST 11070-74 Lingotes de aluminio primario. Especificaciones

GOST 13015-2012 Productos de hormigón y hormigón armado para la construcción. Requisitos técnicos generales. Reglas para la aceptación, marcado, transporte y almacenamiento GOST 13843-78 Alambrón de aluminio. Especificaciones GOST 14192-96 Marcado de carga

GOST 15150-69 Maquinaria, instrumentos y otros productos tecnicos. Versiones para diferentes regiones climáticas. Categorías, condiciones de operación, almacenamiento y transporte en términos del impacto de los factores climáticos ambiente externo

GOST 15151-69 Maquinaria, instrumentos y otros productos técnicos para zonas de clima tropical. Especificaciones generales

GOST 15846-2002 Productos enviados al Extremo Norte y áreas equivalentes. Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento

GOST 16369-96 Paquetes de transporte de madera. Dimensiones

GOST 18425-73 Contenedores de transporte llenos. Método de prueba de impacto de caída libre

GOST 18477-79 Contenedores universales. Tipos, parámetros principales y dimensiones GOST 19041-85 Paquetes de transporte y paquetes de bloques de productos aserrados. Embalaje, marcado. Transporte y almacenamiento

GOST 19433-88 Grupos peligrosos. Clasificación y marcado GOST 19437-81 Lingotes de aluminio cilíndricos. Especificaciones GOST 19848-74 Transporte de mercancías en cajas y palets de estanterías. Requisitos generales GOST 21136-75 Contenedores de transporte llenos. Método de ensayo de vibraciones a baja frecuencia fija

Embalaje GOST 21140-88. Sistema de tallas

GOST 21391-84 Herramientas de embalaje. Términos y definiciones

GOST 21399-75 Paquetes de transporte para lingotes, cátodos y lingotes de metales no ferrosos. Requerimientos generales

GOST 21650-76 Medios para sujetar cargas empaquetadas en sobreembalajes. Requerimientos generales

GOST 21900-76 Contenedores de aviación universales. Especificaciones generales GOST 22235-2010 Vagones de carga de vías férreas principales de ancho de vía de 1520 mm. Requisitos generales para garantizar la seguridad en la producción de operaciones de carga y descarga y maniobras

GOST 22477-77 Medios de sujeción de paquetes de transporte en vagones cubiertos. Requisitos técnicos generales

GOST 23285-78 Paquetes de transporte para productos alimenticios y envases de vidrio. Especificaciones

GOST 24170-80 Embalaje de transporte. Métodos de prueba de compresión para eslingas GOST 24597-81 Paquetes de carga empaquetada. Parámetros básicos y dimensiones GOST 26319-84 Mercancías peligrosas. Paquete

GOST 26663-85 Paquetes de transporte. Formación utilizando herramientas de embalaje. Requisitos técnicos generales

GOST 26838-86 Cajas y cajones de madera. Normas de resistencia mecánica GOST ISO 2234-2014 Empaque. El contenedor es transporte lleno y cargas individuales. Métodos de prueba de apilamiento estático

Embalaje GOST ISO 2244-2013. El contenedor es transporte lleno y cargas individuales. Métodos de prueba de impacto horizontal

GOST ISO 10531-2001 Contenedores de transporte llenos. Métodos para probar las unidades de carga para determinar su resistencia a la tensión mecánica

Nota: al usar este estándar, es recomendable verificar la validez de los estándares de referencia en el sistema de información pública, en el sitio web oficial de la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología en Internet o de acuerdo con el índice de información anual "Estándares nacionales". , que se publicó a partir del 1 de enero del año en curso, y en las ediciones del índice de información mensual "Estándares Nacionales" del año en curso. Si se reemplaza (modifica) el estándar de referencia, al usar este estándar, debe guiarse por el estándar de reemplazo (modificado). Si el patrón de referencia se cancela sin reemplazo. la disposición en la que se hace referencia a ella se aplica a la parte que no afecta a esa referencia.

3 Términos y definiciones

En esta norma se utilizan los siguientes términos con sus respectivas definiciones:

3.1 Cargas generales (cargas generales): Cargas varias en piezas: productos metálicos, equipos móviles (vehículos autopropulsados ​​y remolcados (vehículos remolcados) sobre ruedas u orugas), cargas voluminosas y pesadas, productos y estructuras de hormigón armado y otras cargas de construcción, embaladas cargas sueltas, incluidas las mercancías peligrosas en contenedores, mercancías en sobreembalajes, incluso en contenedores flexibles, carga de madera, unidades de transporte de carga, incluidos los contenedores de carga.

3.2 transporte de carga: Transporte de carga con la celebración obligatoria de un contrato de transporte y el cumplimiento de todas las reglas establecidas sobre el modo de transporte en el que se realiza este transporte.

3.3 transporte directo mixto (multimodal) (carnicería multimodal): Transporte de mercancías que involucra al menos dos modos de transporte bajo un solo documento de transporte.

3.4 contenedor (container): Producto (recipiente) en el que se coloca directamente el producto.

3.5 contenedor marítimo: Producto (contenedor) en el que se colocan directamente los productos, destinado al almacenamiento y transporte y que forma una unidad de carga independiente.

3.6 embalaje (packaging): Medio o conjunto de medios que aseguran la protección de los envases con productos durante su circulación.

Nota - Se entiende por proceso de circulación el transporte, almacenamiento y venta de productos.

3.7 embalaje de transporte de producto diseñado para proteger los envases con productos durante su almacenamiento y transporte, formando una unidad de carga independiente.

cargo unit, cargo unit (unidad de carga): Carga preparada para operaciones de carga y descarga y transporte y almacenamiento.

[GOST ES010531. cláusula 3.1]


sobreembalaje: Unidad de carga ampliada, formada por varias unidades de carga utilizando medios de embalaje, preparada para operaciones de carga y descarga y transporte y almacenamiento.

(GOST IS010531. cláusula 3.2]


3.10 unidad de transporte de carga; CTU: Contenedor de mercancías, vehículo de carretera, vagón de ferrocarril, piggyback. una caja móvil o unidad similar utilizada, en particular, para el transporte intermodal.

3.11 contenedor de carga

Especificaciones consistentes que brindan resistencia para uso repetido (durante la vida útil especificada);

Un diseño especial que asegura el transporte de mercancías por uno o varios modos de transporte en tráfico directo y mixto sin recarga intermedia de mercancías:

Dispositivos que proporcionan recarga mecanizada de un modo de transporte a otro;

Un diseño que facilita la carga y descarga de carga;

Volumen interno igual a 1 mo más.

3.12 remolque

3.13 contenedor flexible: Un contenedor capaz de cambiar su forma y dimensiones generales durante su carga y descarga.

3.15 desembalaje liberando la unidad de transporte de su carga y medios de sujeción

3.16 parte empacadora que carga, estiba y asegura la carga en o sobre una unidad de transporte; el cargador puede ser contratado por el cargador o por el cargador, la empresa de transporte o el transportista: si el cargador o el cargador cargan la unidad de transporte en su territorio, el cargador o el cargador también es el cargador. . (quince]. . .

4.8 Las normas y especificaciones para una carga específica en contenedores o sin ella estipularán la posibilidad de su transporte en vehículos con carrocería abierta o en la cubierta superior (abierta) de los barcos en condiciones de exposición al agua de acuerdo con GOST 15150. GOST 15151.

4.9 Los requisitos para el embalaje de la carga, las condiciones y características de su transporte, los métodos y los medios de consolidación de los paquetes deben figurar en las normas, especificaciones y documentación de trabajo para productos de un tipo particular en la sección "Embalaje, marcado, transporte y almacenamiento" de acuerdo con los requisitos de GOST 1.5.

4.10 La tara y el embalaje de las mercancías enviadas al Extremo Norte deben cumplir con los requisitos de GOST 15846.

4.11 El consignador es responsable de las consecuencias ocasionadas por el suministro de información falsa sobre la carga y sus propiedades, deficiencias en el marcado, embalaje y embalaje interno de la carga (rotura, deformación, fuga, etc.), así como el uso de envases y embalajes que no se correspondan con las propiedades de la carga, su peso o las normas, especificaciones y documentación de trabajo establecidas para productos de un determinado tipo, como consecuencia de lo cual surgieron circunstancias que afectaron la seguridad del transporte y la seguridad de la carga transportada .

4.12 La carga y su embalaje ofrecidos para el transporte en comunicaciones mixtas y directas deben garantizar su seguridad durante el transbordo, así como la seguridad del material rodante ferroviario de acuerdo con GOST 22235 y GOST 22477. vehículos de otros modos de transporte y unidades de transporte de carga.

5 Requisitos de carga

5.1 Productos de acero

5.1.1 La preparación de ciertos tipos de productos metálicos para el transporte debe realizarse de acuerdo con los requisitos de GOST 7566, GOST 10692, así como con las normas, especificaciones y documentación de trabajo aplicables para tipos específicos de productos metálicos.

5.1.2 Los medios de embalaje de productos metálicos y los métodos de flejado deben garantizar, de conformidad con los requisitos de GOST 9498. GOST 11070. GOST 13843. GOST 19437. la seguridad de los paquetes, bultos, rollos y bobinas contra derrames y desenrollados, contra pérdidas y despersonalización de etiquetas tanto en operaciones de transbordo como durante el transporte.

5.1.3 Al empacar productos metálicos de acuerdo con GOST 7566 y GOST 10692, se deben usar medios de empaque de carga con puntos de agarre superiores, o la configuración de los paquetes y los métodos para su colocación en vehículos deben permitir la construcción y eslingas. sin levantar, esparcir y otras operaciones. La desviación de esta regla solo se permite previo acuerdo con el operador de la terminal de carga donde se envía la carga, si la terminal de carga tiene equipo de elevación especial (imanes, manipuladores, etc.). Se debe marcar en la carga y/o indicar en los documentos de embarque una indicación de la posibilidad de eslingar para los medios de flejado y agrupamiento de carga.

5.1.4 Productos metálicos laminados (carriles, varillas, acero perfilado, tubos de hasta 350 mm de diámetro, etc.), lingotes de metales no ferrosos, cátodos de cobre y níquel, bobinas envasadas y sin envasar (alambre laminado, alambre de púas, etc.) ) deben presentarse para el transporte en paquetes.

5.1.5 La chatarra de metales ferrosos debe dividirse en partes de acuerdo con GOST 2787. Chatarra de metales no ferrosos: GOST 1639. Los desechos de metales pequeños deben prensarse en briquetas o formarse en paquetes de transporte. Pequeña chatarra en forma de hardware usado, herramientas. La chatarra de metales no ferrosos debe colocarse en un contenedor resistente: cajas, barriles o contenedores especiales.

5.1.6 Las láminas de acero en bobinas, transportadas con la instalación en el extremo, deben entregarse sobre patines, o las bobinas deben adaptarse para recargarse con pinzas de sujeción que compriman la pared de la bobina desde el interior y el exterior.

5.2 Equipo móvil (autotractor)

5.2.1 En los documentos de embarque de los equipos autopropulsados ​​y en la hoja informativa adherida al parabrisas de la cabina desde el interior, se deberá indicar el nombre y marca del combustible que se pretende repostar. En el momento de la carga en los vehículos, los equipos móviles deberán llenarse de combustible en la cantidad prescrita por las normas para el transporte de mercancías en el modo de transporte correspondiente.

5.2.2 El sistema de enfriamiento del motor debe estar lleno de anticongelante, y las baterías cargadas y listas para arrancar el motor. Después de cargar el equipo en el vehículo, la llave en la cerradura de encendido debe dejarse en la posición "apagado".

Cuando la temperatura del aire exterior en la ruta de entrega es superior a 4 °C, el sistema de refrigeración del motor se puede llenar con agua. Al cargar equipos autopropulsados ​​en vehículos con una temperatura del aire exterior inferior a 4 °C y en ausencia de anticongelante en el sistema de refrigeración, se permite el reabastecimiento de combustible del equipo autopropulsado con agua caliente. El drenaje de agua del sistema de enfriamiento en este caso debe realizarse inmediatamente después de cargar el equipo autopropulsado en el vehículo.

5.2.3 Al transportar equipos móviles en tráfico mixto, el consignador lleva a cabo su preparación para el transporte de acuerdo con los requisitos para vehículos de acuerdo con GOST 15846.

5.2.4 Las alarmas luminosas y sonoras, así como todos los demás dispositivos que garanticen la seguridad del tránsito, deberán estar instalados y en buen estado de funcionamiento en los equipos móviles.

5.2.5 Con la primera unidad de equipo autopropulsado de cada tipo, o con anticipación, el remitente está obligado a enviar a las terminales de carga por lo menos tres copias de los instructivos para la operación y manejo de equipo autopropulsado, en los casos previstas por las normas para el transporte de mercancías por el modo de transporte correspondiente.

5.2.6 Para el equipo móvil, incluidos los automóviles de pasajeros, el operador debe diseñar un esquema de eslingado para recargar con dispositivos de elevación, indicando los puntos de eslingado, los dispositivos de elevación, la ubicación de las ramas de eslingado y el centro de gravedad. La ubicación de las ramas colgantes y los dispositivos utilizados deben excluir la posibilidad de dañar el equipo móvil y su pintura.

La tabla de eslingas debe estar adherida al interior del vidrio de la cabina. Si el equipo móvil no tiene cabina, el esquema se adjunta en un lugar visible con protección contra daños por precipitaciones.

5.2.7 Automóviles embarcados en contenedores. debe presentarse al transitario en cajas de celosía de madera de acuerdo con GOST 10198.

5.2.8 Al despachar equipos destinados a cargarse solos, ubicados en terminales de carga, de forma contractual, la recarga oportuna de baterías y la realización de todos los demás trabajos previstos en las instrucciones para la operación de equipos móviles durante su almacenamiento, incluido durante el transporte a cuestas, debe asegurarse.

5.2.9 Los equipos de tractores, para los cuales es posible el almacenamiento a largo plazo antes de la venta, se envían en estado inactivado con baterías cargadas en seco. Al mismo tiempo, los fabricantes están obligados, sobre una base contractual, a proporcionar a las organizaciones de transporte los dispositivos necesarios para cargar y descargar equipos de tractores en vehículos sin necesidad de conservación.

5.2.10 Si es imposible montar un conjunto de piezas de repuesto y equipos adjuntos en una unidad de equipo automotriz y de tractor, se permite enviar dichos conjuntos en paquetes separados junto con el lote de equipo despachado.

5.2.11 Cuando se cargue equipo tractor en forma de bola de naftalina y existan instalaciones de remolque en los puntos de transbordo. que no requieran que el conductor esté en la cabina del tractor remolcado, las cabinas deben estar cerradas y selladas.

5.2.12 Para equipos grandes importados enviados desde el puerto en un estado parcialmente desmantelado, se deben proporcionar instrucciones para desmantelar el equipo con anticipación. Los trabajos de desmantelamiento se realizan sobre una base contractual.

5.3 Carga sobredimensionada y pesada (OTG)

5.3.1 Los criterios para clasificar cada carga como larga, sobredimensionada y pesada están determinados por las normas de transporte de mercancías vigentes para el modo de transporte correspondiente.

5.3.2 En cada KTG, junto con las dimensiones totales y el peso, los puntos de eslingaje y la posición del centro de gravedad deben marcarse sin falta. Si se requiere el uso de travesaños, marcos y otros dispositivos especiales, a excepción de las eslingas circulares y de lodos anulares de carga ordinaria, para garantizar la seguridad de la carga y la seguridad de las operaciones de recarga cuando se mueve con equipos de elevación, se debe adjuntar un esquema de conexión este. a cada paquete o tal esquema debe ser enviado como parte del proyecto para el transporte de KTG por una organización de transporte antes de la llegada de la carga.

5.3.3 Los puntos de eslinga deben estar equipados y colocados en la carga, y la carga debe instalarse en el vehículo de tal manera que la instalación de los dispositivos de agarre de la carga se pueda realizar sin operaciones preliminares de elevación, alejamiento y otras operaciones auxiliares.

5.3.4 Si se requieren dispositivos especiales de manejo de carga, marcos, travesaños, etc. para las operaciones de transbordo que no están disponibles en la terminal de carga, deben ser suministrados por el embarcador por adelantado o junto con la carga. En los dispositivos de toma de carga se debe indicar su capacidad de carga y peso propio, y su entrega se realiza junto con el pasaporte del dispositivo. La necesidad de tal entrega debe ser acordada previamente por las partes que participan en la entrega de los bienes.

5.3.5 Los esquemas de eslingaje para CTG de grandes dimensiones o formas complejas en el marco de un proyecto de transporte deben acordarse con las organizaciones de transporte por adelantado, y el envío de la carga debe realizarse solo después de dicho acuerdo.

5.3.6 Las cargas con una configuración compleja de la superficie de apoyo, cilíndrica, esférica y cónica, deben presentarse para el transporte teniendo en cuenta los requisitos de 4.5.

5.3.7 La colocación y fijación del CTG en el vehículo se realiza de acuerdo con el proyecto de transporte, desarrollado en base a los requisitos de las normas y condiciones técnicas vigentes para el modo de transporte correspondiente.

5.3.8 El desarrollo del proyecto de transporte lo realiza un organismo especializado acreditado en la forma prescrita, por orden del consignante.

5.3.9 El proyecto para el transporte de KTG en el caso general puede incluir la elección de un vehículo, esquemas y cálculos para la colocación y aseguramiento de la carga, cálculos de estabilidad (estabilidad) y resistencia de los vehículos, cálculos y documentación para su readaptación , tecnología de recarga, medidas para preparar puntos de carga - descarga, para fortalecer y desarrollar el componente vial. incluyendo estructuras de ingeniería.

El proyecto debe prever el procedimiento para la prestación en los puntos de partida y. si necesario. puntos de transbordo y destino, materiales auxiliares y dispositivos de carga y descarga, almacenaje, sujeción y transporte (travesaños, marcos, juntas, bastidores, vigas, cuñas, etc.).

5.3.10 La carga se acepta para el transporte después de acordar con el transportista el proyecto de su transporte y sujeción. Si es necesario, el proyecto de transporte se acuerda con el remitente, destinatario. terminales de carga y otras organizaciones de transporte e instalación involucradas en la entrega e instalación de la carga en el destinatario.

5.3.11 Los equipos en cajas y estructuras metálicas sin embalar, cuya presión específica sobre los vehículos supere la admisible, deberán transportarse según proyectos, cuya necesidad de desarrollo determine el transportista.

5.4 Productos y estructuras de hormigón

5.4.1 Los productos y estructuras de hormigón armado, según el tipo, peso y dimensiones, se presentan individualmente, en envases universales o especiales, canisters, cassettes, bolsas y sobre tarimas.

5.4.2 Cada diseño y producto en el momento de la entrega debe marcarse de acuerdo con GOST 14192 y GOST 13015.

5.4.3 Los productos de hormigón armado deben tener dispositivos para eslingas. Las superficies expuestas de las partes incrustadas de acero, las protuberancias de refuerzo, los bucles de montaje y los orificios de las eslingas se deben limpiar para eliminar el pandeo del concreto o mortero. En los productos que no estén estructuralmente previstos para dispositivos de eslingado y sea difícil distinguir la parte superior de la inferior (vigas, losas y otros productos con refuerzo ubicado asimétricamente), el expedidor en un lugar claramente visible con pintura indeleble debe colocar letreros de montaje que indiquen el lugar de eslingado del producto, centro de gravedad (si es necesario), parte superior del producto, lugar de apoyo del producto, riesgos de instalación en el producto. La imagen, el nombre y el propósito de los letreros de montaje deben cumplir con los especificados en GOST 13015 (tabla 7).

5.4.4 Los productos de hormigón armado, durante cuyo transbordo y transporte se prescriba el uso de dispositivos especiales (cassettes, peines, pirámides, etc.), deben entregarse para el transporte junto con los dispositivos especificados.

5.4.5 Los artículos de pequeño tamaño (dinteles, antepechos, haces de luz, tuberías de asbesto-cemento, etc.) deben presentarse para su transporte en sobreembalajes y contenedores. Las normas, especificaciones y documentación de trabajo para tipos específicos de productos deben indicar las normas aplicables a los envases y contenedores.

5.4.6 Los productos de hormigón armado a partir de hormigón celular esterilizado en autoclave y hormigón resistente al calor sobre vidrio líquido, así como los productos multicapa con una capa de aislamiento, los elementos con marcos de ventanas empotrados y bloques de puertas deben protegerse en las plantas de fabricación contra daños y humedad. Las superficies texturizadas, lijadas o revestidas de paneles de pared y bloques deben protegerse contra daños con almohadillas blandas.

5.4.7 Los marcos de las ventanas y las puertas insertadas en los marcos deben asegurarse en estado cerrado.

5.4.8 Los elementos estructurales que no tengan la suficiente rigidez durante el transporte deben ser reforzados temporalmente.

5.4.9 El remitente está obligado, antes de presentar los productos de hormigón armado para el transporte marítimo, a proporcionar a la organización de transporte información sobre la carga en la forma recomendada que figura en el Apéndice B., que también incluye:

Nombre del producto, marca, peso en kilogramos, dimensiones (largo, ancho, alto o espesor);

El esquema de almacenamiento y el número de niveles permitidos en una pila, en función de las características de resistencia de los productos:

Dimensiones de revestimientos y juntas (teniendo en cuenta la altura de los bucles de montaje y las partes sobresalientes de los productos);

Esquema de eslingas que indica los ángulos máximos de desviación de las ramas de la eslinga de la vertical;

Datos sobre dispositivos de agarre;

Condiciones especiales para operaciones de carga y descarga;

Croquis de la colocación y sujeción de los productos en un vehículo en los casos previstos por las normas de transporte y las condiciones técnicas de sujeción de las mercancías en el medio de transporte adecuado*. (5) y (10).

5.5 Bienes empaquetados

5.5.1 La carga unitaria debe presentarse para su transporte en bultos o contenedores. Las mercancías en sacos deben presentarse para su transporte en sobreembalajes, incluidos los contenedores blandos.

5.5.2 Cargas de piezas en cilindros, botellas, botes, matraces, bolsas, etc. deben presentarse para el transporte únicamente en bultos o contenedores.

5.5.3 La carga unitaria, cuya fuerza de tara es insuficiente para apilar en varios niveles, debe presentarse para el transporte en palés de cajas y estantes de acuerdo con GOST 9570 de acuerdo con los requisitos de GOST 19848 o en contenedores.

5.6 Mercancías en sobreembalajes

5.6.1 Las cargas que, por su tamaño, características de transporte y propiedades, puedan conformarse en bultos de transporte, deberán ser presentadas por el expedidor para su transporte en bultos.

El paquete es un paquete de transporte. Todos los documentos de envío deben indicar el número de paquetes y, si es posible, el número de piezas individuales en ellos.

5.6.2 Las características de transporte de los paquetes agrandados (dimensiones, peso, volumen de carga específico) y las condiciones para su formación deben cumplir con los requisitos de GOST 3916.1. GOST 3916.2. GOST 4598. GOST 7566. GOST 9078. GOST 10632. GOST 10692. GOST 16369, GOST 19041. GOST 19848. GOST 21391. GOST 21399. GOST21650. GOST 23285. GOST 24597. GOST 26663. Al elegir los tamaños de los paquetes, es necesario tener en cuenta su multiplicidad a las dimensiones internas de los espacios de carga de los vehículos.

5.6.3 El diseño de bolsas y envases flexibles deberá asegurar su resistencia y estabilidad. la imposibilidad de retirar lugares individuales del paquete o esparcir el contenido de los contenedores blandos sin violar los medios de embalaje, flejes o cintas de control, así como la seguridad durante el transbordo y el transporte en varios niveles.

El diseño del paquete debe proporcionar, si es necesario, la posibilidad de monitorear lugares individuales sin desmantelarlo.

5.6.4 El llenado del área de paletas planas con una pila de carga debe ser de al menos el 90%.

5.6.5 En las normas para materiales de flejado y medios de embalaje, es necesario indicar la posibilidad de su uso cuando se transporta carga en un material rodante abierto, en la cubierta abierta de barcos bajo la influencia de la radiación solar, la precipitación atmosférica y el agua de mar. , teniendo en cuenta los requisitos de GOST 15150.

5.7 Grupos en contenedores universales de media y gran capacidad

5.7.1 No se permite el transporte de contenedores con tales daños, deformaciones y mal funcionamiento, como resultado de lo cual no se garantiza la seguridad del transbordo, la confiabilidad de la sujeción de los contenedores, o daño a la carga transportada, pérdida del contenido de la contenedor y el acceso a la carga es posible (18). .

5.7.4 La carga en el contenedor debe colocarse de tal manera que la posición resultante del centro de gravedad del contenedor esté lo más cerca posible de la mitad de su longitud y de la mitad de su ancho. La excentricidad del centro de gravedad del contenedor con carga generalmente no debe exceder el 5%. En determinadas circunstancias acordadas en la cadena del próximo transporte del contenedor, se podrá aceptar una excentricidad de hasta el 10%, ya que los mejorados spreaders de manipulación de contenedores son capaces de corregir dicha excentricidad. .

5.7.5 La resistencia de los contenedores de aviación debe cumplir con los requisitos de GOST 21900. La resistencia de los paquetes y los medios para asegurar paquetes individuales en el equipo de transporte de la aeronave (helicóptero) deben calcularse teniendo en cuenta las cargas dinámicas especificadas en el Apéndice A. Tabla A.5.

Al cargar contenedores de aviación, el desplazamiento del centro de gravedad en el plano horizontal permitido de acuerdo con GOST 21900 no debe exceder el 10 % del ancho interno y el 5 % de la longitud interna de los contenedores. En el plano vertical no se permite el desplazamiento del centro de gravedad.

5.8 Mercancías peligrosas en contenedores

La preparación para el transporte de mercancías peligrosas en contenedores debe cumplir con los requisitos de las normas internacionales y nacionales aplicables para el transporte de mercancías peligrosas por el medio de transporte apropiado. (12). (trece). (14), (15], (16], (17] así como los requisitos de esta norma.

La colocación y sujeción de las mercancías peligrosas en el contenedor debe realizarse teniendo en cuenta lo dispuesto en 5.7.2.

6 Requisitos del contenedor de envío

6.1 Las cargas que requieran embalaje para protegerse contra pérdidas, daños y perjuicios, o que representen un peligro para las personas, el transbordo y los vehículos en forma no embalada, deberán presentarse para su transporte en contenedores y embalajes que cumplan con los requisitos de las normas. especificaciones y documentación de trabajo para los productos preparados para el transporte.

Las dimensiones del contenedor de transporte y el embalaje deben cumplir con los requisitos de GOST 21140, mercancías peligrosas - GOST 26319, productos enviados al Extremo Norte y áreas de difícil acceso. -GOST 15846.

6.2 El diseño del contenedor deberá resistir las pruebas de acuerdo con GOST ISO 2234.

6.2.1 Al colocar paquetes en los espacios de carga de los vehículos en varios niveles, el número permitido de niveles para apilar se calcula mediante la fórmula

p----+1. (1>

donde n es el número permitido de niveles:

N - carga durante la prueba de apilamiento (ver marcado de paquetes), kg (12); k yL - coeficiente de dinamismo vertical (para el transporte de mercancías peligrosas por mar se toma igual a 1,8);

M - peso bruto de un paquete, kg. d - aceleración de caída libre (9,81 m / s 2).

6.2.2 La sujeción del contenedor con la carga dentro del bulto de transporte a lo largo de la componente horizontal debe soportar la carga F fP en newtons (N). calculado por la fórmula

Pies - 0,8 O d, (2)

donde 0.8 - coeficiente de dinamismo horizontal;

O - peso neto de la carga, kg; d - aceleración de caída libre (9,81 m / s 2).

6.2.3 Los medios de sujeción de la carga en sobreembalajes deberán garantizar la seguridad de los bultos bajo la acción de las cargas dinámicas máximas que se produzcan sobre los modos de transporte involucrados en el transporte de conformidad con el Apéndice A.

6.2.4 Un contenedor con una carga cuando se levanta en eslingas debe soportar la carga F c (compresión de la eslinga según GOST 24170). en newtons (N). calculado por la fórmula

Fc = 14,2 M. (3)

donde M es el peso bruto de la carga, kg.

6.3 Cargas en contenedor marítimo con peso bruto superior a 1 t, máquinas, equipos, ensambles y repuestos necesarios para el transporte sin embalaje o con protección parcial, para la conveniencia de realizar operaciones de carga y posibilidad de amarre a un vehículo, debe tener dispositivos (anillos, soportes, extremos, ganchos, bucles de montaje, orificios para eslingas) o lugares para eslingas. o enrollado de elementos flexibles de sujeción y entrada de una horquilla cargadora.

Estos lugares y dispositivos deben estar marcados y especificados en la documentación adjunta*.

6.4 Al transportar mercancías, la resistencia mecánica de las cajas y cajones de madera y los métodos de su control deben cumplir con los requisitos de GOST 26836. GOST 18425. GOST 21136. GOST ISO 2244. y cajas de cartón corrugado - GOST 9142.

6.5 Si las normas, especificaciones y documentación de trabajo de los productos preparados para el transporte prevén la reutilización de los envases, estos deberán cumplir con las siguientes condiciones:

La resistencia mecánica del embalaje retornable deberá cumplir con los requisitos de 5.5:

Los cajones y cajas deben estar intactos, sin deformaciones en el marco y grietas por la salida de clavos;

Los barriles deben estar sin abolladuras, manchas, con un juego completo de aros:

Las bolsas deben estar enteras, secas;

El embalaje no debe tener objetos punzantes que sobresalgan en forma de clavos, alambres, bandas de metal, etc.;

Las eslingas de izaje de contenedores flexibles deben estar en buen estado.

Cargas dinámicas reglamentarias a tener en cuenta en el modo de transporte correspondiente

Las aceleraciones (a) que deben tenerse en cuenta durante el transporte incluyen la aceleración debida a la gravedad (0 ■ 9,81 m/s3) y las aceleraciones debidas a condiciones típicas de transporte, como un frenado de emergencia o un cambio repentino de carril por parte de un vehículo, o movimientos de un buque en mares severos ambiente acuático. Estas aceleraciones se expresan como el producto de la aceleración de caída libre (d) y el coeficiente dinámico (* d) durante el transporte

s i c * 9 (A.1)

Las tablas A.1-A.5 presentan los factores dinámicos a tener en cuenta sobre el modo de transporte respectivo para diferentes direcciones relativas al vehículo. Para el transporte mixto (multimodal), para evitar el movimiento, la carga debe asegurarse en las direcciones longitudinal y transversal de acuerdo con la peor combinación de separación horizontal y correspondiente. cargas verticales en cada uno de los modos de transporte implicados. La resistencia del contenedor debe cumplir las mismas condiciones.

Cuadro A.1

Transporte de automóviles

Fijación sobre no gobernar

Factor dinámico

Longitudinalmente * a1

Vertical mínima hasta

longitudinal

transverso

Cuadro A.2

transporte ferroviario

(transporte multimodal que involucra el transporte ferroviario)

Factor dinámico

Fijación en dirección

Longitudinalmente

verticales mínimas

Longitudinal

transverso

* Los valores entre paréntesis se aplican solo a cargas dinámicas con tiempos de exposición cortos de 150 ms o menos y se pueden usar, por ejemplo, en el diseño de contenedores.

T a 6 l y c a A.3


Transporte marino

Altura de ola normalizada (L#) 3% * seguridad en la zona de mar

Fijación sobre la dirección

Factor dinámico

Longitudinalmente

verticalmente hacia abajo

longitudinal

transverso

7 metros< Л. 4 11м

longitudinal

transverso

longitudinal

transverso

* la altura de la más pequeña de las tres más altas de 100 olas observadas sucesivamente se toma como la altura de las olas con un 3% de probabilidad.


NOTA En la Tabla A.4 se proporciona una descripción de las áreas A, b y C.


Tabla A.4

Zonas marítimas

7 metros< S 11 м

Vías navegables interiores;

Mar del Norte:

Ilimitado

mar Báltico

Estrecho de Skvgerrak:

(incluido el estrecho de Kattegat);

Estrecho del Canal de la Mancha;

Mar Mediterráneo;

Mar de Japón:

Mar Negro;

Mar de Ojotsk;

Mar Rojo:

Vuelos costeros o interinsulares a

Golfo pérsico:

las siguientes áreas:

Vuelos costeros o interinsulares

Parte centro-sur del Atlántico

en las siguientes áreas;

qué océano (entre 3S ®S y 40 *S);

Honor Atlántico Central

centro sur de la India

océano (entre 30 *N y 35 *S);

océano (entre 3S *S y 40 *S);

Parte central del Océano Índico

Pacífico Sur Central

activado (hasta 35 * pulgadas);

encendido (entre 35"S y 45*S)

Honor Pacífico Central

(entre 30'N y 35'S)


Tabla AS


Expedidor

Número de registro Nombre de la carga

Consignatario

Transportador

Nombre/medio de transporte

Estación/Puerto de salida

Área de navegación de embarcaciones.

la altura de ola calculada ft ". 4 metros

Estación/Puerto de Destino

Requisitos para la estiba y sujeción de la carga

Descripción general de la carga (forma, dimensiones generales, peso.embalaje)

Masa total de la carga (kg: t)

□ Carga general

□ Paquetes

Características de transporte de la carga":

Volumen de carga específico, mt

Altura de apilamiento permitida, m y/o niveles

Ángulo de estabilidad estática, granizo.

Coeficientes de fricción por pares: carga-carga, carga-acero, carga-madera, etc. Coeficiente de permeabilidad (cuando el espacio de carga está inundado) Propiedades químicas y otros peligros potenciales.

Según corresponda y sea conocido.

” Por ejemplo: clase IMO. Un numero. número de emergencia.

Transporte y propiedades especiales de la carga

Normas de consumo de materiales y medios de sujeción de la carga

Documentos adicionales

□ Documento sobre la resistencia de los medios de paletización portante

□ Documento sobre la estiba y sujeción de la carga en los medios de ampliación

□ Documento sobre la resistencia de los medios de sujeción de la carga

□ Documento sobre la estiba y sujeción seguras de la carga a bordo

□ Otros documentos

* Si es necesario.

DECLARACIÓN

Nombre/estado de la organización signataria

Por la presente declaro que la carga (mercancías) se describe de manera completa y precisa y que las medidas e instrucciones proporcionadas están de acuerdo con mi conocimiento y creencia y pueden considerarse apropiadas para la carga que se cargará y las condiciones del próximo transporte.

Firma en nombre del cargador Lugar y fecha

información sobre la carga debe contener información fidedigna y completa sobre caracteristicas de transporte Vaya. todas las propiedades especiales y peligrosas de la carga, sobre las medidas de precaución que sean necesarias para el transporte seguro de la carga, su colocación y sujeción en el vehículo.

La información de la carga consta de las siguientes partes:

B.1 Información sobre los participantes en el transporte de mercancías: el expedidor, el destinatario y el transportista, indicando sus nombres y datos exactos, el nombre y/o tipo de medio de transporte: los nombres de los puntos de partida y de destino. Se da información sobre el transportista, consignatario, puntos de partida y destino, el área de navegación de la embarcación y la altura estimada de ola, en cuanto se conocen al momento de elaboración de la información sobre la carga.

B.2 Descripción de la carga indicando:

c) el nombre de envío adecuado con la especificación necesaria de la norma, especificaciones y documentación de trabajo para los productos fabricados, la organización del fabricante:

b) formularios, dimensiones totales y peso del paquete.

c) el tipo y descripción del embalaje, incluida la presencia y resistencia de los dispositivos por los cuales se transborda y asegura la carga;

d) características de transporte de la carga (volumen de carga específico, altura de apilamiento permitida, ángulo de estabilidad estática, coeficientes de fricción de pares: carga-carga, carga-acero, carga-madera, etc. coeficiente de permeabilidad de la carga (cuando el espacio de carga está inundado );

mi) propiedades químicas y otros peligros potenciales;

e) transporte y propiedades especiales.

B.3 Requisitos y medidas para garantizar la seguridad del transporte, incluidos los requisitos para la estiba y sujeción de la carga, instrucciones sobre declaraciones, certificados y otros documentos que acompañen a la carga.

La información sobre las características del transporte para su inclusión en la información de la carga la determina el desarrollador de la información utilizando los siguientes métodos:

Volumen de carga específico c. m e / t, - el volumen ocupado por una unidad de masa de carga con el método aceptado de estiba, que se determina mediante mediciones reales en vehículos o en contenedores medidos con una precisión no inferior al xb%;

Altura de apilamiento permisible, m y/o gradas, la cual es determinada por el fabricante de la carga, en base a requisitos de seguridad (la altura de los espacios de carga de los buques es de 8 m o más), teniendo en cuenta la masa de los bultos y las cargas dinámicas a tener en cuenta durante el transporte de acuerdo con el Apéndice A.

Ángulo de estabilidad estática x. grado - esquina filosa Entre plano horizontal y la base inclinada de la pila de carga en el momento de su desplazamiento en cualquier forma: vuelco, deslizamiento o pérdida de estabilidad de la estructura de la pila. El ángulo está determinado por las medidas reales en instalación especial, consistente en una plataforma basculante de la capacidad de carga adecuada, con dimensiones de al menos 1200 × 2600 mm (por ejemplo, carga y palas para el manejo de la carga, una carrocería de camión volquete, un remolque rodante de 20 pies, etc.), que permite formar un fragmento representativo de la estructura estudiada de la pila, barandilla lateral con una altura de al menos 300 mm en una de las partes estrechas de la plataforma y un dispositivo para medir el ángulo de inclinación de la base de la plataforma (pila estructura) en relación con el horizonte con un valor de escala de división de no más de G. volumen de carga y & 1.5 m 3 / t y para carga apilada durante el transporte en la cubierta superior y tapas de escotilla de barcos, independientemente del padre;

Los coeficientes de rozamiento estático/pares carga-carga, carga-acero, carga-madera o carga y otros materiales antideslizantes recomendados para su uso para aumentar la estabilidad de la estructura de esta carga están determinados por (21) sobre la instalación descrita en el párrafo anterior, como la tangente del ángulo de inclinación de la base de la plataforma en el momento del inicio del deslizamiento de la carga sobre la base en estudio;

Coeficiente de permeabilidad k: la relación entre el volumen de vacíos en la pila y el volumen total de la pila

donde Y w, - el volumen total ocupado por una pila de carga en el espacio de carga de la nave. me:

V es el volumen neto de carga (la suma de los volúmenes de los bultos). me.

El coeficiente de permeabilidad se determina mediante mediciones reales de pilas en vehículos o en contenedores de medición con una precisión de al menos * 5 × valor medido:

El desarrollador proporciona las propiedades químicas y otros peligros potenciales con una indicación de la Clase IMO. Números ONU y números de tarjeta de emergencia con referencia a la fuente de información.

Cada una de las características anteriores se da si es aplicable a esta carga.

B.4 Transporte y propiedades especiales de la carga - Esta sección debe indicar las propiedades de la carga, que determinan su compatibilidad con otras cargas, requiriendo la adopción de medidas especiales para proteger a los trabajadores, etc.

B.5 Tasas de consumo de materiales y medios de sujeción de la carga: en esta sección, las tasas de consumo se pueden dar teniendo en cuenta el ángulo real de estabilidad estática de la carga, otras características de transporte de la carga, el área del próximo transporte, los materiales antideslizantes utilizados y otros factores.

B.6 Requisitos para la estiba y sujeción de la carga - Esta sección debe enumerar las medidas para garantizar su seguridad, no desplazamiento, etc., o un enlace al documento en el que se dan, por ejemplo, al manual de sujeción de la carga. .

B.7 Documentos adicionales: esta sección se completa si la carga se presenta en forma de paquetes agrandados formados con equipo de embalaje de carga (documento sobre la resistencia del equipo de embalaje de carga), o en vehículos agrandados bajo los sellos de la remitente (Declaración sobre la conformidad de las condiciones de estiba y sujeción de la carga en un vehículo de transporte), el uso de materiales u objetos cuarentenables, por ejemplo, madera (certificado de cuarentena) y en otros casos, si es necesario.

Si no hay suficiente espacio en el formulario, toda la información necesaria se puede dar en uno o más anexos a la información de la carga.

La información sobre la carga y los anexos a la misma deben estar certificados por la firma personal del desarrollador con la indicación: "En nombre del consignador".

Características técnicas de los materiales con mayor coeficiente de fricción.

B.1 El material para techos según GOST 10923 es kvrton. impregnado con betún blando de petróleo (cubierta) con posterior aplicación de betún refractario con masilla y alisado de grano grueso por una cara de la lámina por ambas caras de la lámina. El fieltro para techos se suministra en rollos de 1000-1050 mm de ancho. La longitud de la lona en un rollo es de 10-15 M. Cuando se calienta a una temperatura de 70 * C, el material del techo no emite sustancias tóxicas.

B.2 Isol según GOST 10296 es un material hidroaislante y fotovoltaico bioestable sin base. obtenido a partir de un ligante caucho-betún, plastificante, relleno, antiséptico y aditivos poliméricos. Se suministra en rollos de lona de 2 mm de espesor. 600 o 1000 mm de ancho y 10 o 15 m de largo.

B.3 Madera predominantemente de bajo valor en forma de tableros, vigas, cuñas y madera contrachapada.

B.4 Otros tipos materiales especiales con aumento del coeficiente de fricción o efecto adhesivo.

B.5 Al calcular la resistencia de los contenedores y asegurar las cargas, se deben usar los valores de los coeficientes de fricción que se dan en la Tabla B.1. a menos que la información de la carga (ver Anexo 6) indique lo contrario. De lo contrario, el método de prueba del coeficiente de fricción estática/inclinación debe determinarse a partir de (21).

Tabla 8.1

par de fricción

Coeficiente de fricción estática./

Ángulo de fricción

Hierro fundido sobre acero

hierro fundido sobre madera

Hierro fundido en material para techos

Acero sobre acero

Acero sobre madera

Acero sobre caucho

Acero sobre ruberoide

madera por madera

Goma de madera

Arpillera (yute) sobre arpillera

Arpillera sobre acero

Arpillera sobre madera

Hormigón sobre madera

papel sobre papel

Papel sobre acero

papel de madera

polipropileno para madera

Polipropileno sobre acero

Polietileno para madera

Polietileno sobre acero

Polietileno sobre polietileno

Polietileno sobre polipropileno

Bibliografía

}